Introducción

AutorManuel Martínez de Aguirre Aldaz
Páginas17-28
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I. INTRODUCCIÓN
1. EL SENTIDO DE LOS ESTUDIOS DE DERECHO
Durante el Grado en Derecho se recibe tanta información concreta que pue-
de ser difícil ver el sentido de tanto estudio, la utilidad social (la utilidad para
otros ciudadanos y la sociedad) que puede tener una persona que adquiera todos
esos conocimientos.
Es más intuitiva –por contraste– la utilidad que tienen los estudios de medi-
cina para la sociedad y las personas. Se podría decir (simplificando mucho) que
los estudios de medicina consisten en saber cómo es y cómo funciona el cuerpo
humano; conocer las enfermedades y sus síntomas para poder diagnosticarlas; y
aprender los tratamientos para curar cada enfermedad. Aunque en estos estudios
también se recibe mucha información, desde el comienzo, se tiene claro que esos
estudios sirven para curar a personas enfermas o, al menos, para aliviar las dolen-
cias que tengan.
Es menos evidente el sentido de los estudios de Derecho, necesarios para la
práctica de las profesiones jurídicas. Estas profesiones están orientadas a la justi-
cia, y justicia es –recordamos– dar a cada uno lo suyo (ius suum quique tribuere). Lo
propio del jurista es determinar qué es “lo suyo” (lo que corresponde o se debe
a cada uno, o lo que cada uno merece: el ius suum), y eso precisamente en una
situación concreta 1. En casos concretos que, muy frecuentemente, se presentan al
profesional cuando ya se han convertido en discordias o controversias 2. Para ser
capaces de hacer eso (determinar lo justo en el caso concreto), se estudian duran-
te la carrera muchas situaciones y modelos de relación que se dan en la sociedad, en-
tre personas o entre personas e instituciones. Modelos que son justos o al menos
razonablemente equitativos, y en los que están definidos los derechos y obligacio-
nes de cada uno de los intervinientes. Estos modelos se encuentran regulados en
las fuentes del derecho (principalmente en la ley) y son las instituciones jurídicas
y sociales, las obligaciones, los delitos, los contratos, las situaciones, los poderes,
1 Es muy ilustrativo el texto del juramento o promesa que deben prestar los miembros de la ca-
rrera judicial antes de posesionarse de su primer destino y cuando se asciende de categoría, establecido en
el artículo 318 LOPJ: “Juro (o prometo) guardar y hacer guardar fielmente y en todo tiempo la Constitución y el resto
del Ordenamiento Jurídico, lealtad a la Corona, administrar recta e imparcial justicia y cumplir mis deberes judiciales
frente a todos”. Interesa destacar aquí la obligación más propia del Juez: administrar recta e imparcial justicia. La
justicia en el caso concreto es la finalidad de todas las profesiones jurídicas.
2 Con origen en unas relaciones que –como veremos más adelante– convendría haber precisado
y regulado en un momento anterior a la desavenencia, precisamente para prever y evitar que surgiera el
problema.

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