Introducción

AutorDr. Guillermo García González
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Internacional de La Rioja
Páginas15-22
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INTRODUCCIÓN
La imperfecta protección que el ordenamiento jurídico ha
otorgado tradicionalmente a los empleados de hogar puede consi-
derarse como uno de los déficits históricos de nuestro modelo de
relaciones laborales. Desde hace décadas, la doctrina iuslaboralista
ha venido reclamando la necesidad de garantizar a los trabajado-
res domésticos unos derechos sociales que, con las debidas acomo-
daciones, resulten equiparables a los del resto de trabajadores por
cuenta ajena 1. Esta reivindicación homogeneizadora se ha anuda-
do a la exigencia de dignificar y profesionalizar la relación laboral
de los trabajadores domésticos, al mismo tiempo que a combatir el
alto nivel de empleo informal existente en el sector.
La necesidad de que los trabajadores domésticos dispongan
de un régimen jurídico singular se ha justificado habitualmente
por el legislador en atención a las particularidades de la prestación
de servicios que aquellos desarrollan. Así, el lugar de prestación, el
1
Vid. MARTÍN DE NICOLÁS, I., “El servicio doméstico en su relación con
los seguros sociales”, Revista de Trabajo, nº 39 (1943), pp. 29-33; ARNALDOS, P.,
“Extensión de los seguros sociales obligatorios al personal del servicio doméstico”,
Boletín de Información del Instituto Nacional de Previsión, nº 4 (1946), pp. 839-849; y
HERNÁINZ MÁRQUEZ, M., “Ideas para una posible regulación del servicio domés-
tico”, Revista de Derecho del Trabajo, nº 33 (1959), pp. 37-38. También desde el mundo
sindical ha sido una constante la reivindicación de la mejora de las condiciones labo-
rales de los trabajadores domésticos. Vid. AA.VV., “El servicio doméstico y el sindicato
(1978-1986)”, Historia, trabajo y sociedad, nº 7 (2016), pp. 135-185.

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