Introducción

AutorJoaquín Merino Herrera
Páginas11-14
INTRODUCCIÓN
A grandes rasgos, la política criminal puede ser concebida como el conjun-
to de estrategias, medidas, acciones y criterios de diversa naturaleza que pone
en marcha el Estado para mantener la criminalidad en límites tolerables. No
comparto, por tanto, expresiones como la de erradicar, combate o guerra, pues-
to que su empleo no suele quedar en meras palabras, siendo más bien lo común
que estas constituyan el primer paso para fertilizar el terreno hacia la extrali-
mitación. «Guerra contra la delincuencia organizada», «combate al secuestro»
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impactan en la legislación penal con una clara tendencia a la expansión y, prin-
cipalmente, sobre aquellos sectores de incriminación que son percibidos como
graves. De ahí surge un primer problema de muy difícil solución, porque tam-
poco es extraño —inclusive se puede sostener que es la regla general— que se
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los esquemas de represión penal la intervención estatal idónea para atender el
preocupante fenómeno de la delincuencia en México. Sí, el discurso del terror
penal forma parte de lo cotidiano, como cotidiano es que la sociedad no con-
       
Incremento considerable de penas —hasta el punto de la neutralización de la
persona—, regulación de nuevos comportamientos de muy dudosa lesividad y
multiplicación dilatada de verbos típicos en ámbitos ya existentes, hasta llegar
a redacciones casuísticas y poco funcionales, no son sino un rasgo representa-
tivo de la involución.
Pero hay algo que debe recordarse: el Derecho penal no consolidará la fun-
ción preventiva que se le asigna en tanto no exista una plataforma social y po-
lítica que, a grandes rasgos, garantice el respeto a la norma. Ello implica, como
es lógico, tener en cuenta otras perspectivas de análisis —como la criminológi-
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de la represión penal. Con esto no estoy sosteniendo que se deba prescindir de
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mo a mecanismos de otra naturaleza para que lleguen a subsanar sus limitacio-
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cacia y de efectividad. El Derecho penal, pues, y esta es la línea que defenderé

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