SAP A Coruña 195/2006, 26 de Abril de 2006
Ponente | ANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ |
ECLI | ES:APC:2006:940 |
Número de Recurso | 132/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 195/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª |
JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERGCARLOS FUENTES CANDELASANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
LA CORUÑA/A CORUÑA
SENTENCIA: 00195/2006
CORUÑA Nº 1.-
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000132 /2006
SENTENCIA
Nº 195/06
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG
CARLOS FUENTES CANDELAS
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ
En LA CORUÑA, a veintiseis de Abril de dos mil seis.
Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ORDINARIO Nº 872/04, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE A CORUÑA , que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELADA MAQUINARIA AUTOMATICA DEL NOROESTE, S.A., representada en primer ay segunda instancia por la Procuradora Sra. Aguiar Boudín y con la dirección del Letrado Sr. Alvarez Muiños, y de otra como DEMANDADA Y APELANTE DOÑA María Rosa, representada en primera instancia por la Procuradora Sra. Gómez Portales y con la dirección del Letrado Sr. Blázquez Fragoso y la demandada declarada en situación procesal de rebeldía DOÑA Bárbara; versando los autos sobre incumplimiento contractual.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE A CORUÑA, con fecha 27-6-05 . Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: " Que estimando integramente la demanda interpuesta por la Procuradora DOÑA FARA AGUIR BOUDIN, en nombre y representación de la entidad MAQUINARIA AUTOMATICA DEL NOROESTE, S.A., contra DOÑA María Rosa, representada por la Procuradora DOÑA SONIA GOMEZ PORTALES GONZALEZ y contra DOÑA Bárbara, declarada rebelde, debo declarar y declaro el incumplimiento contractual, condenando a DOÑA María Rosa y a DOÑA Bárbara, a que abonen a la entidad MAQUINARIA AUROMATICA DEL NOROESTE, S.A. la cantidad de catorce mil cuatrocientos veinticuatro euros con veintinueve céntimos (14.424,49 euros), más los intereses de artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago.
En materia de costas corresponde su abono a las demandadas."
Contra la referida resolución por la demandada DOÑA María Rosa, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.
Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ.
La representación de la demandada Doña María Rosa interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de A Coruña con fecha 27 de junio de 2.005 , estimatoria de la demanda de reclamación de cantidad por incumplimiento contractual, del pacto de duración del contrato, formulada por la representación de la entidad "Maquinaria Automática del Noroeste,S.A.", alegando que es de aplicación la estipulación tercera del contrato de fecha 5 de mayo de 1998, que establece en su segundo párrafo "Si a los cinco años dejan el Establecimiento directa o indirectamente se dará por terminada la relación contractual", suscrito entre, de una parte, Don Alonso, en representación de la mercantil "Maquinaria Automática del Noroeste,S.A.", y de otra parte, Don Vicente, como titular del establecimiento "O Noso Lar", sito en Carballino, en el que se subrogó la aquí parte apelante, hermana del anterior titular, en todos y cada uno de los derechos y obligaciones en documento privado de fecha 14 de febrero de 2003.
Para la debida resolución del recurso debemos de partir del contrato de instalación de maquinas...
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