El informe palacios y la ley de reproducción asistida
Autor | José Antonio Souto Paz |
Cargo del Autor | Catedrático de la Universidad Complutense de Madrid |
Páginas | 187-196 |
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Una mirada al pasado más reciente nos permite contemplar con cierto asombro la revolución científica que se ha producido a lo largo del siglo xx. No en vano ha sido definido, en mi opinión con indudable acierto, el siglo de la Ciencia1.Esta revolución se ha reflejado, también, de forma evidente, en el campo de la biomedicina. La aparición de la radiografia, a finales del siglo XIX (1985), ha sido acompañada, posteriormente, por acontecimientos tan señalados como la aplicación de la primera máquina de diálisis renal (1943); el descubrimiento de la penicilina (1928) y la generalización de los antibióticos, en la década de los cuarenta; la aplicación de los radioisótopos en el tratamiento y diagnóstico médico, a finales de los años cuarenta; el desarrollo de la técnica de los trasplantes, de riñón (1954), de hígado (1964), de corazón (1967), etc., y que en la actualidad se han convertido en una práctica rutinaria. Ha sido, sin embargo, en el mismo siglo, cuando se ha iniciado lo que puede resultar la más importante y sorprendente revolución de la biomedicina: la biología molecular y su incidencia en el conocimiento de la genética humana y en la aparición de la medicina predictiva.2
En este contexto científico va a tener lugar el perfeccionamiento y la generalización del uso de las técnicas de reproducción asistida. La Inseminación Artificial (IA)3, aunque experimentada ocasionalmente a finales del siglo XVIII y en el siglo XIX, va a alcanzar gran difusión internacional en el siglo XX, siendo los Estados
Unidos el lugar donde se han iniciado y desarrollado principalmente estas técnicas. Page 188
En España existen Bancos de semen desde 1978 y se ha calculado que en 1986 ya habían nacido más de dos mil niños utilizando esta técnica. La Fecundación in vitro4 empezó a aplicarse en seres humanos en 1969, naciendo el primer niño, mediante esta técnica, en 1978 en Inglaterra. En España el primer nacimiento se produce en 1984.
La práctica creciente de estas técnicas aconsejó proceder a regular jurídicamente su uso, puesto que "en ocasiones puede no ser válido el principio de que debe hacerse todo lo que pueda hacerse y que es necesario y exigible conocer en todo momento cuáles son los derroteros a seguir o emprendidos por la ciencia y la tecnología, y también que es responsabilidad de los poderes públicos y de la sociedad misma señalarles las pautas básicas de actuación que eviten su colisión con la naturaleza del hombre como ser individual, social, libre y responsable, y con su dignidad e integridad. En resumen, sean los científicos quienes señalen lo que se puede hacer, para que los poderes públicos y las normas señalen los caminos a seguir, con el fin de que aquellos no caigan en una avidez o competitividad científicas y tecnológicas irreflexivas y perniciosas"5. Con estas palabras justifica el diputado Marcelo Palacios, Presidente de la Comisión Especial de Estudio de la Fecundación "In vitro" y la Inseminación Artificial Humanas, creada por el Congreso de los Diputados, la necesidad de proceder a la regulación de las nuevas técnicas de procreación humana.
La novedad que aporta este proceso prelegislativo reside en la iniciativa conjunta de la Cámara para llevar a cabo la creación de una Comisión Especial de Estudio sobre fertilización extracorpórea, mediante Acuerdo de la Mesa de la Cámara de 2 de noviembre de 1984, con la finalidad de ofrecer al legislador un estudio solvente de los complejos problemas que subyacen en esta importante innovación tecnológica, mediante "la elaboración de unas Recomendaciones que puedan servirle de orientación y apoyo para encuadrarlas en el marco legal adecuado y necesario"6. Se trata de una iniciativa sin precedentes parlamentarios en la entonces reciente democracia española y que, en cuanto conozco, no se ha vuelto a repetir. Todo ello indica la excepcionalidad y la complejidad de la iniciativa legislativa, que, sin embargo, permitió situar a España entre los primeros Estados que regularon esta materia. Cabe señalar, por otra parte, que la restricción de la denominación inicial de la Comisión motivó la necesidad de proceder a su modificación, pasando a denominarse Comisión Especial de Estudio de la Fecundación In Vitro y la Inseminación Artificial Humanas. Page 189
La Comisión Especial contaba con un representante de cada uno de los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados, bajo la Presidencia de D. Marcelo Palacios Alonso,7 y con la colaboración de 36 personalidades8, especialistas en la diferentes áreas de conocimiento implicadas en el ámbito de la reproducción asistida: biólogos, ginecólogos, juristas, filósofos y moralistas, según la terminología utilizada oficialmente por la Cámara. Esta Comisión elaboró un Informe, al que denominaremos Informe Palacios, que fue debatido y aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados el 10 de abril de 1986. Aunque se abordaron numerosas cuestiones relacionadas con la reproducción asistida, vamos a limitar este comentario a algunos temas que, desde nuestro punto de vista, han resultado más relevantes.
Los avances tecnológicos producidos en el campo de la biomedicina, a lo que nos hemos referido anteriormente, alertaron a la propia comunidad científica sobre los riesgos que podrían conllevar una investigación científica sin limitaciones. A propósito de los peligros que pudieran derivarse de una mala utilización de la tecnología genética se advirtió que: "Este es un asunto demasiado importante para dejarlo únicamente en manos de la comunidad científica y de la comunidad médica"9. La preocupación fue en aumento en la propia comunidad científica hasta el extremo de que la propia Academia Nacional de Ciencias de los Estados Unidos estableció, en 1974, una moratoria para examinar y evaluar los peligros que pudieran derivarse de las investigaciones en curso realizadas con moléculas de ADN recombinante. Uno de los firmantes del Informe, Berg, manifestaba públicamente que era la primera vez que científicos que trabajan activamente en un campo han pedido que se establezcan limitaciones voluntarias en su investigación.
Esta preocupación de la comunidad científica ante los propios desafíos que afrontaba la investigación en este campo se había producido paralelamente en la comunidad médica, favoreciendo la creación de una nueva rama científica multidisciplinar, la Bioética, que permitiera valorar éticamente, no sólo la investiga- Page 190ción biomédica sino también la aplicación de las nuevas tecnologías en el ámbito sanitario y en la propia praxis médica. La incorporación...
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