SAP Cádiz 31/2007, 29 de Enero de 2007

PonenteLORENZO JESUS DEL RIO FERNANDEZ
ECLIES:APCA:2007:30
Número de Recurso4/2007
Número de Resolución31/2007
Fecha de Resolución29 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 1ª

S E N T E N C I A Nº

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCION PRIMERA

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

D. LORENZO DEL RÍO FERNÁNDEZ

MAGISTRADOS:

D. PEDRO MARCELINO RODRÍGUEZ ROSALES

D. FRANCISCO JAVIER GRACIA SANZ

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 de Cádiz

APELACIÓN ROLLO NÚM. 4/2007

P. ABREVIADO NÚM. 242/2006

En la ciudad de Cádiz a veintinueve de enero de dos mil siete.

Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de Lo Penal referenciado por delito de lesiones, cuyo recurso fue interpuesto por la representación de Luis Pedro, siendo parte recurrida el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo Sr. Magistrado Juez de lo Penal del Juzgado de lo Penal Nº 1 Cádiz, dictó sentencia el día 18/10/06 en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice:

Que debo condenar y CONDENO a Luis Pedro como autor criminalmente responsable de un delito de LESIONES concurriendo las atenuantes de arrebato, reparación del daño y confesión de la infracción, a la pena de NUEVE MESES DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO y costas y a indemnizar a Donato en la suma de 3.240 Euros

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, por la representación de Luis Pedro y admitido el recurso y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el rollo, se señaló el día de la fecha para la votación y fallo, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales, en el que ha sido Ponente el Ilmo Sr. Magistrado D. LORENZO DEL RÍO FERNÁNDEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

Se acepta en su integridad la declaración de hechos probados de la sentencia apelada, que dice literalmente así:

" UNICO.- En fecha 17/8/05 sobre las 20:30 horas y en la playa de Costa Ballena de la localidad de Rota, se inició una discusión verbal entre Jose Ángel por un lado y Donato, Gabriel y un tercero, porque estos últimos habían volcado un hidropedal de los que alquila en la playa el primero. Dicha discusión fue subiendo de tono y en ese momento llegó al lugar el acusado Luis Pedro mayor de edad, sin antecedentes penales e hijo de Jose Ángel, que al ver el cariz de los acontecimientos y que su padre estaba discutiendo acaloradamente con tres personas, cogió un trozo de remo de aluminio roto y con un extremo cortante golpeó con él a Donato alcanzándole en la frente y causándole una herida que precisó...

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