STSJ Comunidad Valenciana , 16 de Junio de 2003

PonenteFRANCISCO HERVAS VERCHER
ECLIES:TSJCV:2003:5154
Número de Recurso294/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 294/00 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Segunda SENTENCIA n° 843/03 Iltmos. Srs. PRESIDENTE D. Mariano Ferrando Marzal MAGISTRADOS:

D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En la ciudad de Valencia a dieciséis de junio de dos mil tres.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos n° 294/00, seguidos entre partes, de la una y como demandante, Inmobiliaria Pralca, SA., representada inicialmente por el Procurador D. Luis Muñoz Álvarez, y posteriormente por el Procurador D. Ramón Antonio Biforcos Sancho y dirigida por la Letrada Dª

Inmaculada Sancho Cogollos; y de la otra, como Administración demandada, la Administración del Estado, representada y dirigida por el Abogado del Estado, y como codemandada la Generalidad Valenciana, representada y dirigida por el Letrado de la Generalidad recurso interpuesto por Inmobiliaria Pralca, SA. contra el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valencia de 24 de noviembre de 1999 (expediente 169/98) por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo del Jurado de 6 de octubre de 1999 sobre indemnización por constitución de servidumbre sobre una parcela suelo urbano de Valencia para la infraestructura de las líneas 3 y 5 del Metro de Valencia.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El indicado Procurador, actuando en nombre y representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso contencioso administrativo contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 12 de junio de 2003 para votación y fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada.

Cuarto

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto por Inmobiliaria Pralca, SA. contra el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valencia de 24 de noviembre de 1999 (expediente 169/98) por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo del Jurado de 6 de octubre de 1999 sobre indemnización por constitución de servidumbre sobre una parcela suelo urbano de Valencia para la infraestructura de las líneas 3 y 5 del Metro de Valencia.

Segundo

Parece conveniente recordar la repetida doctrina, ya axiomática en esta materia, con arreglo a la cual y como señala el Tribunal Supremo (S. 19-10-94, R.7538), reiterando pronunciamientos precedentes (Ss. 8-11-84, 24-10-86, 14-11-86, 18-3-91), "la presunción iuris tantum de legalidad y acierto del Jurado Provincial de Expropiación en su...

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