STSJ Galicia , 25 de Septiembre de 2001

PonenteJUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2001:6493
Número de Recurso2356/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Social

Doña María Asunción Barrio Calle, Secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso n° 2356-98 (RF)

ILMO. SR. D. MIGUEL A. FERNÁNDEZ OTERO PRESIDENTE ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ ILMA. SRA. Dª PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR A Coruña, a veinticinco de setiembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 2356-98, interpuesto por D. Luis Francisco contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm uno de Lugo, siendo Ponente ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 127-98 se presentó demanda por D. Luis Francisco en reclamación de Jubilación-Reintegro siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 20 de marzo de 1998 por el Juzgado de referencia que estimó en parte la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1°).- El demandante D. Luis Francisco , titular del D.N.I. NUM000 , nacido el 9 de octubre de 1931, afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM001 , en fecha 11 de septiembre de 1991 formuló solicitud de pensión de jubilación anticipada, al cumplir 60 años de edad; dictándose resolución por la Dirección Provincial del INSS de esta ciudad de fecha 29-mayo-1992, declarando como períodos de cotización en España 1.967 días, y 5.340 en Suiza (total 7.307 días), y reconociendo la pensión solicitada con un porcentaje a cargo de la Seguridad Social española del 26,92% de una base reguladora mensual de 48.881 pesetas, siendo el porcentaje aplicable de dicha base el 52,80 y la pensión teórica 25.810 ptas. Ascendiendo el importe del 26,92% de 25.810 ptas a 6.949 ptas., que fue la pensión básica reconocida a cargo de España, con efectos económicos iniciales de 1° de octubre de 1991.- 2°).- En el año 1996 el actor vino percibiendo su pensión de jubilación complementada con mínimos, ascendiendo el importe mensual de la pensión a 55.025 ptas y la cuantía por mínimos mensuales a 46.314 pts.- En el año 1997, el importe mensual de la pensión ascendió a 55.252 pesetas, de las que 46.314 pts eran complementos por mínimos.- 3°).- El actor en fecha 3-febrero-1997 presentó declaración personal en relación con el complemento de mínimos por cónyuge a cargo, haciendo constar que no recibía ninguna pensión extranjera.- 4°).- En fecha 24-febrero-1997, tuvo entrada en la Dirección Provincial del INSS de Lugo, resolución de la Caja Suiza de Compensación por la que se comunicaba al Organismo español la concesión al actor de una pensión de jubilación con efectos de 1° de noviembre de 1996, por un importe de 503 francos en el año 1996 y 516 en el año 1997.- 5°).- Como consecuencia de la comunicación recibida en Suiza, en fecha 3-marzo-97 el Negociado de Jubilaciones del INSS remite al de Pensionistas la resolución del Organismo suizo; y por este último Negociado (Sección Control de Pensiones) se remite al actor comunicación de apertura de expediente de reintegro de prestaciones indebidamente percibidas de fecha 17 julio-1997.- 6°).- Por resolución de fecha 3 de noviembre de 1997, el INSS inicia el trámite de audiencia al interesado y declara como importe...

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