SAP Barcelona 267/2007, 17 de Mayo de 2007

PonenteASUNCION CLARET CASTANY
ECLIES:APB:2007:8210
Número de Recurso30/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución267/2007
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN Décimo-novena

ROLLO Nº 30/2007

JUICIO VERBAL NÚM. 188/2006

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GAVÀ

S E N T E N C I A N ú m. 267/07

Ilmos. Sres.

D. MIGUEL JULIÁN COLLADO NUÑO

Dª. NURIA BARRIGA LÓPEZ

Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de mayo de dos mil siete

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-novena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio verbal nº 188/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Gavà, a instancia de GAS NATURAL DISTRIBUCIÓN SDG S.A., contra D. Carlos Ramón ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de octubre de 2006, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador D. Pedro Vidal Bosch, en nombre y representación de la mercantil GAS NATURAL SDG S.A., contra D. Carlos Ramón, procede:

1) DECLARAR RESUELTO el contrato de suministro de gas concertado entre la actora y el demandado en relación con la vivienda sita en Calle DIRECCION000, nº NUM000, bajos de Castelldefels.

2) CONDENAR a D. Carlos Ramón a abonar a la actora GAS NATURAL S.A. la suma de MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (1465,69 euros), así como el importe de la facturación comprendida entre la última lectura facturada de 14306 m3 de gas y la que se realice en el momento de la desconexión del contador, al precio de la tarifa vigente, fijándose dicha cuantía en ejecución de sentencia, más los intereses legales de la cantidad antedicha, desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, calculados al tipo de interés legal del dinero incrementado en dos puntos, autorizando expresamente a los empleados de la actora la entrada en la vivienda suministrada para la toma de la lectura del contador y para llevar a cabo la desconexión y retirada de éste.

Todo ello con expresa imposición al demandado de las costas procesales causadas.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de su clase."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 17 de mayo de 2.007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en la instancia que con estimación íntegra de la demanda interpuesta por GAS NATURAL DISTRIBUCIÓN SDG S.A. frente a Carlos Ramón en ejercicio acumulado de acción de resolución del contrato y reclamación de cantidad declara resuelto el contrato de suministro de gas concertado inter partes sobre la vivienda sita en Castelldefels C/ DIRECCION000 nº NUM000, bajos, y de otra condena al demandado a pagar la suma de 1465,69 euros y el importe de la facturación comprendido entre la última lectura facturada de 14306 m3 y la que se realice en el momento de la desconexión del contador de gas, se alza el condenado interesando la revocación con base a los motivos que siguen: 1) Imposibilidad de la letrado de asistir el día de la vista y Error en la valoración de la prueba por lo que se refiere a la documental incorporada por la actora, pluspetición en la cuantificación del consumo y vulneración del pacto "sunt servanda" y 3) Cambio en la titularidad de la finca donde está sito el contador de gas a partir de mayo de 2005.

SEGUNDO

El primero de los motivos de impugnación de la sentencia de instancia descansa en la valoración errónea por parte del juzgado de instancia de la documental incorporada junto con el escrito de demanda - documentos números 3 al 13 - facturas cuyo pago reclama GAS NATURAL S.A., de lo que colige pluspetición al reclamarse por triplicado el consumo del mes de febrero de 2006, así como error en la cuantificación del sumo al calcularse mediante la aplicación de montante a tanto alzado y no del consumo real que indica el...

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