STSJ Cataluña 680/2005, 16 de Junio de 2005

PonenteMARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA
ECLIES:TSJCAT:2005:14618
Número de Recurso1312/2000
Número de Resolución680/2005
Fecha de Resolución16 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 680

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Dª ANA Mª APARICIO MATEO

MAGISTRADOS

D. JUAN BERTRÁN CASTELLS

Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA

En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de junio de dos mil cinco.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 1312/2000, interpuesto por Teresa , representado por el Procurador JOANA MENEN AVENTIN, contra T.E.A.R.C., representado por la Abogacía del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador JOANA MENEN AVENTIN actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra RESOLUCION DE 10/5/00 EN RECLAMACION Nº 08/00912/97 Y SUS ACUMULADAS INTERPUESTA CONTRA ACUERDO DICTADO POR CONCEPTO DE RENTA DE PERSONAS FISICAS .

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objetodel recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

.Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Dña. Teresa , la Resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA de 10 de mayo de 2000 por la que se acordó estimar en parte la reclamación económico-administrativa núm. 08/00912/97 y sus acumuladas núms. 08/00913/97, 08/00914/97 y 08/00915/97 interpuestas por la actora contra diversos acuerdos de la Delegación de Barcelona de la Inspección de los Tributos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por los que se practicaron varias liquidaciones en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicios de 1991, 1992, 1993 y 1994, anulando la liquidación correspondiente al ejercicio de 1991, con reconocimiento del derecho a la devolución de las cantidades indebidamente ingresadas, y confirmando las restantes liquidaciones.

SEGUNDO

La única pretensión ejercitada por la actora en el pleito que se sustancia estriba en solicitar que, teniendo en cuenta que las liquidaciones por ella impugnadas derivan de la imputación de las bases imponibles de las sociedades Almosa, S.A., Inmobiliaria Argomis, S.A. y Parking Centurión, S.A. a las que la inspección tributaria calificó como sociedades transparentes, y habiendo sido tales bases imponibles -según manifestaciones de la actora- recurridas tanto en vía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR