STSJ Cataluña 821/2008, 17 de Julio de 2008

PonenteMARIA JESUS EMILIA FERNANDEZ DE BENITO
ECLIES:TSJCAT:2008:8646
Número de Recurso129/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución821/2008
Fecha de Resolución17 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

RECURSO ORDINARIO (LEY 1998 ) Nº 129/2005

Partes: Matías C/ T.E.A.R.C

S E N T E N C I A Nº 821

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN

MAGISTRADOS

Dª Mª JESÚS EMILIA FERNÁNDEZ DE BENITO

Dª PILAR GALINDO MORELL

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de julio de dos mil ocho.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la

siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 129/2005, interpuesto por D. Matías, representado por la Procuradora Dª. JUANA Mª MENEN AVENTIN, contra T.E.A.R.C, representado por el

ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª JESÚS EMILIA FERNÁNDEZ DE BENITO, quien expresa el parecer de

la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. JUANA Mª MENEN AVENTIN, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente procedimiento la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña de 2 de diciembre de 2004, desestimatoria de la reclamación nº 08/04284/2001, formulada por D. Matías contra el acuerdo de la Inspección de la Delegación de Hacienda de fecha 4 de diciembre de 2000, por el concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1998.

Las actuaciones llevadas a cabo por la Inspección de los Tributos dieron como resultado la imputación de determinados rendimientos obtenidos por el ejercicio de actividad empresarial en sociedades en régimen de transparencia fiscal.

SEGUNDO

Ya en la resolución del TEARC se hace referencia a los expedientes de regularización de las respectivas empresas Colgafocs, S.L. y Carracuca, S.L., en cuya revisión en fase de reclamación económico-administrativa el TEARC ha acordado confirmar las liquidaciones practicadas a dichas sociedades. Estas resoluciones del TEARC de fechas 16 de septiembre y 7 de octubre de 2004 y referentes al Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los ejercicios 1994, 1995, 1996 y 1997, han sido confirmadas por el Tribunal Económico-Administrativo Central al declarar en fecha 27 de julio de 2006 la inadmisibilidad del recurso de alzada contra las mismas, sin que conste que hayan sido impugnadas en vía jurisdiccional.

TERCERO

Y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR