STSJ Castilla y León , 31 de Mayo de 2005

PonenteJOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
ECLIES:TSJCL:2005:3128
Número de Recurso2886/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 01099/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65590 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 3 0102761 /2005 Procedimiento:

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0002886 /1998 Sobre ADMINISTRACION LOCAL De D/ña. GOBIERNO CIVIL DE LEON Representante: ABOGADO DEL ESTADO Contra D/ña. COMISION MUNICIPAL DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE LEON Representante: MORENO GIL SENTENCIA Nº 1009 En Valladolid, a 31 de mayo de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, constituida al amparo de lo establecido en la Disposición Transitoria única 2 de la Ley Orgánica 6/1.998, de 13 de julio , de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el Ilmo. Sr. Magistrado D. José María del Riego Valledor, el presente recurso en el que se impugna:

La Resolución del Ayuntamiento de León, de 7 de julio de 1998, que desestimó un recurso contra una liquidación de IBI, ejercicio 1998. La cuantía del recurso es 10.972,89 euros (1.825.736 pesetas).

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: El Gobierno Civil de León (Administración del Estado), representado y defendido por el Abogado del Estado.

Como demandada: el Excmo. Ayuntamiento de León, representado por el Procurador D. José Luis Moreno Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la provincia de Palencia de fecha 28 de abril de 1999 y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se anule la resolución de 1 de julio de 1996 del Ayuntamiento de León o, con carácter subsidiario, anule la resolución impugnada declarando que la totalidad del inmueble objeto de la liquidación tributaria recurrida está exento del IBI.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, con confirmación del acto impugnado.

TERCERO

No se solicitó el recibimiento del recurso a prueba y presentado por ambas partes el escrito correspondiente, se declararon conclusos los presentes autos.

CUARTO

Por providencia dictada al efecto se puso en conocimiento de las partes que, en cumplimiento de lo acordado por la Presidencia de esta Sala, al amparo de lo señalado en la Disposición transitoria única. 2 de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial , para la resolución de este proceso la Sala se constituiría por un solo Magistrado, con indicación del que habría de resolverlo. Se declararon de nuevo los autos conclusos y vistos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley aunque no los plazos en ella fijados dado el volumen de trabajo y la pendencia que existe en la Sala.

El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 10 de septiembre de 2002.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso la Resolución de 7 de julio de 1998, del Ayuntamiento de León, desestimatoria de un recurso relativo al IBI. Son antecedentes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR