STSJ Comunidad de Madrid 403/2006, 12 de Junio de 2006

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2006:8396
Número de Recurso1153/2006
Número de Resolución403/2006
Fecha de Resolución12 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

ENRIQUE JUANES FRAGA MANUEL POVES ROJAS BENEDICTO CEA AYALA

RSU 0001153/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6

MADRID

C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27

Tfno. : 91.319.92.31

N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001

40126

ROLLO Nº: RSU 1153-06

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: DESPIDO.

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 14 de MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 639-05

RECURRENTE/S:AYUNTAMIENTO DE MADRID

RECURRIDO/S: DON Gerardo

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID, a doce de junio de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON MANUEL POVES ROJAS, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº

En el recurso de suplicación nº 1153-06 interpuesto por el Letrado DON JOSE LORENZO IGLESIAS, en nombre y representación de AYUNTAMIENTO DE MADRID, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 14 de los de MADRID, de fecha TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL CINCO, ha sido Ponente el Ilmo Sr. D.BENEDICTO CEA AYALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 639-05 del Juzgado de lo Social nº 14 de los de Madrid, se presentó demanda por DON Gerardo contra AYUNTAMIENTO DE MADRID, en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL CINCO, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que desestimando la excepción de INCOMPETENCIA DE JURISDICCION y estimando la demanda interpuesta por D. Gerardo contra el AYUNTAMIENTO DE MADRID, debo DECLARAR Y DECLARO como despido improcedente el cese del actor acaecido el 15 de junio de 2005, condenando al Excmo. Ayuntamiento de Madrid a que opte en el plazo de cinco días por readmitirle, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la sentencia o el abono de una indemnización de 95.822,75 euros, con igual abono de los salarios de tramitación mencionados.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO.- El actor D. Gerardo, con D.N.I. nº 2.857.564, vino prestando servicios para el Ayuntamiento de Madrid, concretamente en la Concejalía de Cultura, Area de las Artes, con la categoría profesional de ayudante de coordinación y posteriormente coordinación, control y supervisión de determinados espectáculos, percibiendo un salario bruto mensual que consta en las nóminas aportadas a autos y que se dan por íntegramente reproducidas. El actor formalizó con la entidad demandada los contratos que se relacionan en el documento 1 que se adjunta a la demanda y que se da por íntegramente reproducido, figurando dichos contratos en el ramo de prueba de la parte actora, siendo el primero de ellos de fecha 27-4-1989, dándose todos ellos igualmente por reproducidos.

SEGUNDO.- Al actor le fue comunicado por el Ayuntamiento demandado el Decreto de fecha 15-6- 2005 de la Concejala Delegada de Personal, por el que se venía a cesar al actor como personal eventual, adscrito al Area de Gobierno de las Artes, en la plaza número 6862/0004, con efectos de 15-6-2005. TERCERO.- El actor ostenta ni ha ostentado la condición de representante legal o sindical de los trabajadores. CUARTO.- El actor desde el 28 de abril de 1.989 ha prestado servicios para el Ayuntamiento demandado de forma ininterrumpida, realizando en todo caso las mismas tareas, primeramente como ayudante de coordinación de infraestructura y montajes, hasta aproximadamente junio de 1996, y a partir de dicha fecha y hasta el momento de su cese como coordinador de publicidad e imagen en todas las campañas culturales. QUINTO.- El actor ha agotado no constando contestación por parte del Ayuntamiento demandado a la reclamación previa interpuesta por el Ayuntamiento.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación la representación letrada de la demandada frente a la sentencia de instancia que, tras desestimar la excepción de incompetencia de jurisdicción por razón de la materia por ella invocada, estimó la demanda de despido formulada en autos y declaró su improcedencia, para interesar en un primer motivo, que se ampara en el apartado b) del art. 191 de la L.P.L., la revisión del hecho probado 1º, proponiendo la adición del siguiente texto alternativo:

"El actor fue nombrado por Decreto de la Concejala Delegada de Personal en 8 de Febrero de 2.002. Personal funcionario de empleo eventual, quedando adscrito a la Dirección de Servicios de Cultura- Concejalía de Cultura, con motivo del cambio de gobierno operado en el Ayuntamiento de Madrid. Adscrito como asesor técnico al número de plaza 681/0003. En cualquier caso el personal de empleo eventual cesará automáticamente cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presta su función de confianza o asesoramiento tal y como determina el art. 104 de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril." (folios 107 y 108 de Autos). "En fecha de 6 de Junio de 2.003 y con motivo de la expiración del mandato de la autoridad para la que prestaba su función de confianza o asesoramiento -Concejal de Cultura- fue cesado en fecha de 12 de Junio de 2.003, en su condición de personal funcionario de empleo eventual o de confianza, con ocasión del cese de toda la Corporación Municipal. Cese que le fue notificado al actor ".(Tal y como se desprende del folio 113 de Autos). "De conformidad a nuevo Decreto de 30 de Junio de 2.003 de la Concejala Delegada de Personal el actor fue nombrado funcionario eventual, como Asesor Técnico de la Dirección De Servicios de Cultura -Concejalía de Cultura-, adscrito a la Plaza 681/003 con fecha de efectos de 14 de Junio de 2.003, con motivo de la nueva conformación de la Corporación municipal de Madrid." Nombramiento que fue notificado al actor tal y como consta al folio 118 de autos. "Y a los efectos de ser nombrado funcionario eventual consta la Toma de Posesión de la...

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