STSJ Navarra , 27 de Diciembre de 2001

PonenteMARIA DEL CARMEN ARNEDO DIEZ
ECLIES:TSJNA:2001:1932
Número de Recurso435/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Social

Proc. nº 2001/00355 - 2 Rollo nº 2001/00435 Sentencia nº 426 Ilmo. Sr. DON VICTOR CUBERO ROMEO PRESIDENTE Ilma. Sra. DOÑA CARMEN ARNEDO DIEZ Ilma. Sra. DOÑA CONCEPCIÓN SANTOS MARTÍN En la Ciudad de Pamplona, a VEINTISIETE DE DICIEMBRE de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación interpuesto por DON JOSE IGNACIO BEAUMONT CASALES en nombre y representación del FONDO DE GARANTIA SALARIAL, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social nº Dos de los de Navarra, sobre CANTIDADES; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA CARMEN ARNEDO DIEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Social nº DOS de los de Navarra, se presentó demanda por Juan Antonio Y 36 MAS, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dictara sentencia por la que se condene al Fondo de Garantía Salarial a abonarles las cantidades que constan en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio oral en el que la parte actora se ratificó en la misma, oponiéndose la demandada según consta en el acta extendida a tal efecto por el Sr. Secretario. Recibido el juicio a prueba se practicaron las propuestas y declaradas pertinentes.

TERCERO

Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando la demanda interpuesta por: Juan Antonio , Isabel , Esperanza , Oscar , DOÑA Celestina , Araceli , María del Pilar , Marí Juana , Darío , Sara , Nuria , María , Julieta , Gabriela , Estela , Elsa , Jesús Luis , Edurne , Dolores , Cristina , Elena , DOÑA Emilia , Eva , Inés , Lidia , Mercedes , Remedios , Marí Jose , María Rosario , Blanca , Esther , DOÑA Maite , Sofía , Ana María , Daniela , Juan Ignacio , Sandra frente al

FOGASA, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la parte demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades:

Isabel : 5.527 Esperanza : 7.617 Gabriela : 25.342 Julieta : 3.034 Sandra : 7.215 Juan Ignacio : 4.583 María : 6.003 Nuria : 4.067 Inés : 52.538 Juan Antonio : 6.003 Celestina : 4.970 Sara : 434.908 Blanca : 2.648 María del Pilar : 231.956 Marí Jose : 4.325 Elena : 119.541 Emilia : 4.283 Daniela : 3.426 Maite : 3.311 Araceli : 50.468 María Rosario : 15.417 Mercedes : 5.155 Oscar : 4.970 Ana María : 5.298 Cristina : 1.366 Dolores : 75.464 Elsa : 304.098 Estela : 838 Edurne : 180.803 Esther : 5.454

Lidia : 17.385 Marí Juana : 6.086 Sofía : 4.478 Eva : 4.777 Jesús Luis : 5.164 Darío : 6.003 Remedios : 5.422."

CUARTO

En la anterior sentencia se declararon probados: "PRIMERO: Los actores, cuyas circunstancias personales quedan recogidas en el escrito iniciador de las presentes actuaciones, han prestado sus servicios para la Empresa EUROVESTIR, S.A., encuadrada en el sector textil, con la antigüedad, categoría profesional y salario que se dan por reproducidos en aras de la brevedad.- SEGUNDO: Mediante Orden foral de 26 de mayo de dos mil se resuelve Expediente Regulación de Empleo 26/2000 por el que se autoriza la extinción de los contratos de la plantilla de la Empresa.- TERCERO:

Interpuesta por los actores demanda en reclamación de cantidades, el Juzgado de lo Social número Dos de los de Navarra (proced. núm. 536/2000) dictó Sentencia en fecha 08-01-2001 por el que se reconocía el derecho de los actores a las indemnizaciones que a continuación se relacionan con condena a la parte demandada a su abono (especificaremos, por este orden, actor, salario día, días indemnización e indemnización):

Isabel : 4.483; 62; 277.946 Esperanza : 4.752; 62; 294.624 Gabriela : 4.441; 62; 275.342 Julieta : 4.776; 207; 988.632 Sandra : 4.620; 62; 286.440 Juan Ignacio : 7.149; 283; 2.023.167 María : 5.575; 345; 1.923.375 Nuria : 5.170; 327; 1.690.590 Inés : 4.975; 192; 955.200 Juan Antonio : 8.845; 345; 3.051.525 Celestina : 4.961; 365; 1.810.765 Sara : 7.740; 365; 2.825.100 Blanca : 2.101; 60; 250.000 María del Pilar : 4.709; 278; 1.309.102 Marí Jose : 4.474; 62; 277.388 Elena : 4.998; 244; 1.149.258 Emilia : 4.417; 62; 273.854 Daniela : 4.205; 62; 260.710

Maite : 2.627; 60; 250.000 Araceli : 4.695; 192; 901.440 María Rosario : 4.550; 112; 509.600 Mercedes : 4.429; 62; 274.598 Oscar : 6.434; 197; 1.267.498 Ana María : 4.204; 60; 252.240 Cristina : 4.205; 90; 378.450 Dolores : 4.695; 127; 596.265 Elsa : 4.960; 308; 1.527.680 Estela : 4.204; 98; 411.992 Edurne : 4.900; 257; 1.259.300 Esther : 4.560; 62; 282.720 Lidia : 4.358; 82; 357.356 Marí Juana : 4.790; 60; 287.400 Sofía : 4.637; 62; 287.494 Eva : 4.768; 62; 295.616 Jesús Luis : 10.036; 328; 3.291.808 Darío : 10.675; 53; 565.775 Jose Miguel : 13.377; 205; 2.742.285 Remedios : 7.464; 52; 388.128 CUARTO: Solicitadas las cantidades reconocidas al Fondo de Garantía Salarial, este Organismo dictó

Resolución en el expediente 31/2001/0000069 mediante el que se reconocen y abonan a cada uno de los actores las cantidades que a continuación se indican (especificaremos, por este orden, nombre e indemnización):

Isabel : 272.419 Esperanza : 284.527 Gabriela : 250.000 Julieta : 972.350 Sandra : 279.225 Juan Ignacio : 2.328.913 María : 1.619.637 Nuria : 1.536.757 Inés : 852.166

Juan Antonio : 1.619.637 Celestina : 1.714.910 Sara : 1.284.972 Blanca : 123.412 María del Pilar : 1.077.187 Marí Jose : 273.063 Elena : 1.030.187 Emilia : 273.854 Daniela : 269.571 Maite : 154.309 Araceli : 850.972 María Rosario : 494.183 Mercedes : 263.987 Oscar : 923.293 Ana María : 246.942 Cristina :377.084 Dolores : 520.801 Elsa : 1.147.198 Estela : 411.154 Edurne : 1.030.181 Esther : 277.266 Lidia : 339.971 Marí Juana : 270.154 Sofía : 283.016 Eva : 287.367 Jesús Luis : 1.540.372 Darío : 243.733 Remedios : 239.602 QUINTO: Disconforme los actores con dichas cantidades abonadas, reclaman la diferencia retributiva derivada de lo abonado por Fogasa y lo reconocido por Sentencia, es decir:

Isabel : 5.527 Esperanza : 7.617

Gabriela : 25.342 Julieta : 3.034 Sandra : 7.215 Juan Ignacio : 4.583 María : 6.003 Nuria : 4.067 Inés : 52.538 Juan Antonio : 6.003 Celestina : 4.970 Sara : 434.908 Blanca : 2.648 María del Pilar : 231.956 Marí Jose : 884.325 Elena : 119.541 Emilia : 4.283 Daniela : 3.426 Maite : 3.311 Araceli : 50.468...

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