Guantánamo y sus consecuencias

AutorRoberto Bergalli/Iñaki Rivera Beiras
Páginas21-38

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I ¿Cómo fue que lo hicimos?

En el lejano sudeste de la isla de Cuba está instalada una base naval de propiedad de los Estados Unidos de América del norte, y es su gobierno el que la mantiene en funciones. Estas instalaciones están situadas en la Bahía de Guantánamo, y consisten en un conjunto de campos a los que usualmente se alude como Guantánamo (o Gitmo, para citarla brevemente). En 1903, aplicando como sustento la Enmienda Platt (un tratado entre Cuba y los Estados Unidos), los americanos** obtuvieron lo que ellos reivindican como un arrendamiento perpetuo sobre las 45 millas cuadradas que configuran la Base. Pese a que el régimen comunista de Fidel Castro percibió uno de los cheques de pago, el gobierno se opone de modo virulento a la presencia (norte)americana en la isla. Los (norte)americanos argumentan que habiendo cobrado uno de dichos cheques lo que ha ocurrido es una simple ratificación del arrendamiento.

La base ha sido históricamente usada como un puesto de observación para las actividades navales y militares (norte)americanas en el Caribe. Durante la década de 1990,

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Guantánamo fue asimismo usada para alojar a los refugiados haitianos y cubanos, muchos de los cuales estaban padeciendo el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirido (AIDS). En 1993, a través de la intensa labor desarrollada por el Centro para los Derechos Constitucionales (Centre for Constitutional Rights) de la ciudad de Nueva York, el campo fue declarado inconstitucional y los refugiados fueron trasladados, según decisión del juez Sterling Jonson.

Poco tiempo después de los ataques terroristas de septiembre 11 y antes de los bombardeos (norte)americanos sobre Afganistán (7 octubre 2005), el gobierno de los Estados Unidos comenzó a exponer planes para capturar a miembros de las organizaciones terroristas de los talibanes y de al-Qaeda. La administración Bush decidió que Guantánamo sería el mejor lugar para estos grupos, sobre la base de un número de razones para ello.

Los consejeros legales sugerían el uso de un lugar de detención que estuviese fuera de la jurisdicción de los Estados Unidos, a salvo de ataques y suficientemente en calma como para llevar a cabo interrogatorios muy específicos. Fueron propuestos naves-prisión, e igualmente islas del Pacífico remoto, como también la isla Diego García, en el océano Índico donde los Estados Unidos operan una base militar, mediante un arrendamiento del Reino Unido de Gran Bretaña (cfr. Washington Post, 2 de mayo 2005). Diego García requeriría acuerdos con los británicos, mientras otros emplazamientos en Asia fueron descartados por muy vulnerables. Los planificadores confeccionaron una lista, incluyendo un sector militar en Fort Leavenworth, Kansas, y Alcatraz, la isla-prisión de tan triste fama, convertida en una atracción turística en la bahía de San Francisco (cfr. Washington Post, 2 de mayo 2005).

Si los capturados hubiesen quedado detenidos en suelo (norte)americano, ello hubiera supuesto un gran riesgo para la seguridad nacional, por lo tanto deberían quedar ubicados fuera del territorio. Otro motivo por el cual los militares no trasladaron a los detenidos hacia suelo de los Estados Uni-

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dos fue por la preocupación de una eventual fuga, lo cual convertiría a los primeros en blancos potenciales. Pero, el más importante de los motivos estuvo asentado en la opinión que presumía que si se mantenía a los detenidos en prisiones militares, estos podrían ser considerados enemigos combatientes lo que les hacía caer dentro de un área gris del derecho. Aún así, la asignación a dicha condición no detuvo a los Estados Unidos en poner a los detenidos sospechosos de ser miembros de al-Qaeda y de los talibanes en calabozos de naves (en Charleston, Carolina del Sur), así sucedió con Yaser Esam Hamdi y José Padilla; en la prisión de Abu Ghraib de Irak, y otros lugares de detención en países de Europa del Este. El 11 de enero de 2002, los primeros detenidos llegaron a Gitmo. Entre ellos se encontraban algunos individuos recogidos fuera de la llamada zona de guerra en Afganistán y Pakistán, o en otros lugares tales como Bosnia, Zambia y Gambia (cfr. Ratner/Ray 2001: 10).

Mientras tanto, aproximadamente 9.000 soldados (norte)americanos fueron llevados hasta la isla. La base es casi totalmente auto-suficiente, produciendo la electricidad y el agua suficientes. Mas, lo que convierte esta situación en algo completamente anómalo es el hecho que la base está emplazada en territorio comunista.

Mucho de lo que se sabe acerca de las condiciones en Guantánamo y el tratamiento que allí reciben los detenidos ha sido por causa de las visitas realizadas por políticos (norte)americanos (diputados y senadores), acompañados y asistidos por delegaciones pertenecientes a organizaciones internacionales no gubernamentales y de derechos humanos, pero también por individuos que habían sido antes liberados y periodistas de medios de comunicación de importancia (por ej. Nueva York Times y Washington Post). Sólo uno de los informes fue escrito por alguien que había sido anteriormente un guardia (cfr. Saar/Novak 2005).

Los detenidos fueron al comienzo alojados en el Campo X-Ray, pero en abril de 2002 este campo fue clausurado y los

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detenidos transferidos a los campos Delta, Echo e Iguana, cada uno de ellos consistiendo en una serie de campos de detención. Las condiciones originales fueron descriptas como «jaulas», de 8 por 8 pies (2,438 por 2,438 mts.). Construidas en bloques de cemento y cubiertos con hojas de metal y madera, la colección de cajas se asemeja a un conjunto de case-tas para perros, de mayor medida (Washington Post, 2 de mayo de 2004).

II Descripción de las instalaciones

Las características dentro de las cuales tienen lugar los confinamientos se pueden describir como unas escasas cadenas de cajas que sirven de alojamientos, hasta edificios con espacios para vida en común o en dormitorios. En un extremo hay pequeñas celdas separadas por mallas, sin privacidad alguna e iluminadas durante las 24 horas del día. Aquí los prisioneros están sujetos a un régimen que no difiere de aquel al que están sometidos los prisioneros en las cárceles de máxima seguridad de los Estados Unidos. Hay constantes interrogatorios durante el día y existen denuncias acerca de que los prisioneros han sido objetos de abusos, torturas intimidaciones y han presenciado situaciones vinculadas con la religión, tales como profanaciones del Corán.1Los detenidos no están autorizados a recibir consejos legales, tampoco pueden recibir visitas de amigos o familiares. Además, según una moda kafkiana, ellos no conocen formalmente los cargos legales que puedan enrostrárseles. Algo más importante

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es que a los detenidos les has sido negado el sagrado derecho de habeas corpus y la presunción de inocencia hasta que no hayan sido demostradas sus culpabilidades, si bien es cierto que estos principios constituyen los cimientos de la jurisprudencia anglo-(norte)americana. De hecho, tal como ha sido expuesto por el Centro para los Derechos Constitucionales (Center for Constitucional Rights), los juzgados de primera instancia han decidido que los detenidos no disponen del derecho para presentar un recurso de habeas corpus (cfr. Ratner 2004: 4).

Algunos detenidos han alegado que sus captores (norte)americanos los han sometidos a torturas. Éstas se han concretado en retiro de alimentos, impedirles dormir, ser forzados a estar de rodillas durante horas mientras estaban encadenados al piso, sometidos a escuchar fuertes ruidos o música, sufrir temperaturas extremas y padecer castigos físicos o palizas. Esta clase de tratamientos fue proporcionada con el fin de quebrar la voluntad de los detenidos, en la creencia que ellos pudieran suministrar informaciones útiles para la guerra contra el terror. El gobierno de los Estados Unidos ha...

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