SAP Madrid, 26 de Abril de 2002

PonenteJOSE LUIS DURAN BERROCAL
ECLIES:APM:2002:5604
Número de Recurso889/1999
Fecha de Resolución26 de Abril de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veintiséis de Abril de dos mil dos.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de Cognición sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 39 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelado D. Gabriel , y de otra como demandada-apelante COGEIN, S.A.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Luis Durán Berrocal

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 39 de Madrid, en fecha 3 de Septiembre de 1.999, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Que estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. María Dolores Moreno Gómez en nombre y representación de DON Gabriel contra COGEIN S.A. representada por el Procurador Sr. Vázquez Guillén, a quien condeno a pagar a la parte actora la cantidad de 144.177 pesetas, más sus intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda y los que se devenguen conforme a lo preceptuado en el art. 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, e imponiéndole el pago de las costas procesales de esta instancia."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fué admitido en ambos efectos, del que dió traslado a la contraparte quien a su vez lo impugnó, elevándose posteriormente las actuaciones a esta superioridad, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de Vista Pública, quedaron los autos para dictar sentencia, señalándose para Deliberación y Votación, la Audiencia del día 24 de Abril del año en curso.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada no contrarios a los que a continuación se exponen.

SEGUNDO

Coincide la Sala con la interpretación que realiza la Juzgadora de instancia del préstamo hipotecario discutido, concedido a la demandada apelante, en cuanto a su consideración de empréstito tendente a financiar la...

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