SAP Murcia 25/2003, 15 de Mayo de 2003
ECLI | ES:APMU:2003:1336 |
Número de Recurso | 34/2003 |
Número de Resolución | 25/2003 |
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
Rollo núm. 34/03.
Apelación Penal.
SENTENCIA NÚM. 25/2.003
Ilmos. Señores:
D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ
Presidente
Dª MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA
D. CAYETANO BLASCO RAMÓN
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a quince de Mayo de dos mil tres.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, Rollo núm. 34/02 procedentes del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Murcia y tramitadas con el núm. 862/2.002 por las normas del procedimiento abreviado de la Ley Orgánicas 7/88, por delito continuado de robo con fuerza en grado de tentativa, contra Bruno , cuyas circunstancias personales ya constan en virtud de recurso de apelación interpuesto por el mismo, representado por la Procuradora Sra. Hidalgo Calero y defendido por el Letrado Sr. Ponce Larrosa contra la sentencia de fecha 18 de febrero de 2.003 dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Murcia en la causa indicada, habiendo sido parte en ambas instancias el MINISTERIO FISCAL, que ejercita la acción pública, actuando en esta alzada como apelado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado don CAYETANO BLASCO RAMÓN, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de lo Penal núm. 2 de Murcia dictó, en las actuaciones de que el presente rollo dimana, sentencia de fecha 18 de febrero de 2.003 declarando probados los siguientes hechos: "Apreciando en conciencia la prueba practicada en el acto del Juicio Oral, expresa y terminantemente se declara probado que en la madrugada del día 21 de Febrero de 2.002, el acusado, Bruno , con DNI. NUM000 , nacido el 17 de agosto de 1.979, y con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, se introdujo sin constar fuerza conocida en el garaje sito en la calle Palmas, 1, y movido con un ánimo preconcebido de beneficio económico, provisto de dos destornilladores, tras forzar las cerraduras de las puertas se introdujo en los siguientes vehículos: Volkswagen-Passat, DI-....-DJ , propiedad de Andrés , no constando que se apoderase de nada. Audi-6 QA-....-QQ , propiedad de Isidro apoderándose de una caja con una medalla. Mercedes 300, DI-....-DY , propiedad de Jose Pedro , apoderándose de un suéter, una moneda de plata y un talonario de cheques. -Mercedes 320, .... MVF , propiedad de Abelardo , apoderándose de la llave del garaje. Audi 6 VI-....-VY propiedad de Joaquín , no constando que se apoderase de nada. El acusado fue detenido por la Policía alertada al efecto, cuando se disponía a salir del garaje, ocupándole todo lo sustraído, faltando la medalla y el talonario de cheques, causando daños en los vehículos que no se han tasado."
Como consecuencia de ello, la expresada...
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