Fiscalidad local

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Legislación

(Financiación local)

Resolución de 2 de junio de 2009, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2009 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas (BOE 17-6-2009).

Consultas de la DGT

(Impuesto sobre Actividades económicas)

Se desea saber el epígrafe de las Tarifas del Impuesto en el que se debe dar de alta la actividad de: Pizzería-Hamburguesería; Chocolatería-Heladería y Salón de Té. Consulta Vinculante de la DGT de 12-3-2009.

"(...) el sujeto pasivo consultante deberá matricularse y tributar por todas y cada una de las actividades que se ejerzan de forma diferenciada unas de otras y que tengan tratamiento independiente dentro de las Tarifas.

Por tanto por la realización de las actividades enumeradas en el escrito de consulta deberá darse de alta en las siguientes rubricas de la sección primera de las Tarifas:

-Grupo 676. "Servicios en Chocolaterías, Heladerías y Horchaterías".

Dentro de los referidos servicios, deben considerarse incluidos la elaboración de chocolates, horchatas y helados; el servicio al público de chocolates, helados, horchatas, infusiones, café y solubles, bebidas refrescantes, así como productos de pastelería, bollería, confitería y repostería que normalmente se acompañan para su degustación con algunos de los productos anteriores, todo ello para consumo exclusivo dentro del propio establecimiento. Asimismo deben entenderse comprendidos entre los servicios clasifi- Page 146 cados en el grupo 676 antes mencionado la elaboración de productos de pastelería, confitería, bollería y repostería, siempre que dichos productos se destinen para consumo exclusivo en el propio establecimiento y, en ningún caso, se comercialicen a terceros.

Dado que dicho grupo no faculta para servir otro tipo de productos diferentes a los propios y específicos del mismo, deberá, por la realización de los servicios de pizzería y hamburguesería darse de alta, si las mismas las elabora, condimenta y prepara para ser consumidas fuera del establecimiento de preparación, con o sin reparto a domicilio, darse de alta en el epígrafe 677.9 "Otros servicios de alimentación propios de la restauración", y además si presta el servicio de pizzería y...

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