STSJ Canarias , 18 de Enero de 2005

PonenteJOSE MARIA DEL CAMPO CULLEN
ECLIES:TSJICAN:2005:103
Número de Recurso673/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife , a 18 de enero de 2005. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos.

Sres. Magistrados D./Dña. Jose Mª Del Campo Y Cullen (Ponente) (Presidente), D./Dña.Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua y D./Dña.Jose Manuel Celada Alonso , ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000673/2004 , interpuesto por Plasticos Tinerfe S.A. , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000054/2003 en reclamación de DESPIDO , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Jose Mª Del Campo Y Cullen .

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Magdalena , en reclamación de DESPIDO siendo demandado Plasticos Tinerfe S.A. y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 19/5/2004 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El demandante D. Magdalena presta sus servicios por cuenta y orden de la empresa PLÁSTICOS TINERFE, S.A., con antigüedad desde el 11-03-2002, ostentando la categoría profesional de Oficial 2ª y percibiendo un salario de 857'78 euros mensuales. SEGUNDO.- La empresa tiene su domicilio en C/ Isaac Peral, Polígono Industrial San Isidro, Nave 8, El Rosario, 38290, La Esperanza; y se dedica a la fabricación de bolsas de plástico para grandes almacenes e hipermercados. TERCERO.- 1. La relación de trabajo se articuló mediante un contrato de duración determinada a tiempo completo, eventual por circunstancias de la producción. El objeto está definido en la cláusula adicional 1ª: "El objeto del presente contrato es una acumulación de tareas debido a un aumento de pedidos inusual por parte de varios clientes de la empresa es necesario operario para ayudar en la confección de estos con vistas de que esta demanda continúe en aumento" (folio 21). Dicho contrato fue suscrito el día 11-03-2002.2. El contrato fue prorrogado el 14-05-2002 hasta el 10-12-2002. CUARTO.- El día 10-12-2002 la empresa dio por extinguida la relación de trabajo. El trabajador firmó un recibo de finiquito que contiene partidas de liquidación, sin la presencia de representante de los trabajadores. En el folio 22 de los autos la empresa aporta como prueba documental dicho recibo de finiquito en el que consta como causa de la baja finalización de contrato. En dicho recibo consta liquidación de gratificaciones extra de julio y Navidad, vacaciones y 10 días de IT, con descuento de IRPF y Seguridad Social, resultando una cantidad líquida a percibir de 1.823'34 euros.El pie de dicho finiquito tiene el siguiente contenido: "Habiéndose producido con fecha 10.12.02 mi baja de la empresa PLÁSTICOS...

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