Fase de la extinción de la actividad empresarial
Autor | Álvarez Royo-Villanova, Segismundo; García Mandaloniz, Marta |
Páginas | 101-111 |
PROPUESTAS NORMATIVAS PARA EL REFUERZO DEL ECOSISTEMA EMPRENDEDOR
101
que los socios minoritarios no quieren tener una implicación en el control de
la sociedad y de su administración. Sin embargo, el hecho de que el art. 99.3
LSC prevea que tengan voto “”
las hace poco operativas, pues las normalmente no dan dividendos.
Se debería suprimir ese requisito para facilitar la utilización de este recurso.
las sociedades, sobre todo ahora que esta cuestión tiene una regulación con
carácter general en el art. 348 bis LSC.
III. Fase de la extinción de la actividad empresarial
: 1. Adaptación del sistema de refinanciación e insolvencia para las
pymes y los emprendedores. 1.1) . 1.2) -
.
1.3)
. 1.4) . 1.5) -
. 1.6)
.
1.7) . 1.8)
. 1.9)
. 1.10)
. 2. Mejora del sistema de segunda oportunidad para los empresarios.
2.1) . 2.2)
. 2.3)
.
y los emprendedores23
1.1)
A diferencia de lo que ocurre en otros ordenamientos, como por ejemplo
en Inglaterra y en Gales, donde el concepto de “insolvencia” engloba tanto el
“ ” como el “”-
23 Apartado desarrollado por el abogado Ignacio Fernández Larrea.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba