SAP Barcelona 458/2007, 11 de Mayo de 2007
Ponente | JESUS MARIA BARRIENTOS PACHO |
ECLI | ES:APB:2007:7860 |
Número de Recurso | 80/2007 |
Número de Resolución | 458/2007 |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 8ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
Sección Octava
Rollo.- 80/2007
J.V.F.- 1.348/2006
Juzg. de Instrucción nº 27 de Barcelona
El Ilmo. Sr. Don JESUS MARIA BARRIENTOS PACHO, Magistrado Presidente de la Sección Octava de la Audiencia Provincial
de Barcelona, dicta la siguiente
S E N T E N C I A nº
En la ciudad de Barcelona, a once de mayo de dos mil siete.
VISTO, en nombre de S.M. el Rey, el rollo de apelación penal número 80/2007, dimanante del Juicio Verbal de Faltas 1.348/2006, seguido en el Juzgado de Instrucción número 27 de Barcelona por una falta de infracción del régimen de custodia establecido judicialmente respecto de los hijos menores, contra la sentencia dictada el día 8 de marzo de 2007; entre partes, de una y como apelante Luis María y de otra, como apelada Remedios. Ha sido también parte apelada el Ministerio Fiscal.
Por el Juzgado de Instrucción número 27 de Barcelona, con fecha 8 de marzo de 2007, se dictó sentencia en cuya parte dispositiva literalmente se decía "Que condeno a Luis María a la pena de cuarenta días multa a razón de 6 euros por día (total 240 euros) con un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas impagadas, como autor de una falta del artículo 622 del Código Penal, con imposición de costas".
Contra la expresada sentencia se interpuso recurso de apelación por el denunciado Luis María ; admitido a trámite dicho recurso y conferida a las demás partes el traslado preceptivo a fin de que las mismas pudieran adherirse o impugnar los términos del recurso, evacuado aquel trámite se remitieron las actuaciones a esta sección de la Audiencia Provincial.
Recibidos los autos principales, fueron registrados y proveída la designa de Magistrado para su conocimiento, ante quien quedaron los autos para resolver sin más trámite.
No se aceptan los que se declaran probados en la resolución combatida.
Tampoco se aceptan los que se ofrecen en la sentencia de la instancia en soporte del fallo condenatorio que en acogimiento del recurso, debe ser revocado y sustituido por otro en el que resulte absuelto de los cargos contra él dirigidos.
Acude en apelación el denunciado, condenado en la instancia como autor de una falta de incumplimiento del régimen de custodia establecido en resolución judicial, para oponerse a dicho tenor del fallo por considerar que no se han acreditado los hechos denunciados e invocar el error en la valoración de las pruebas pues, a su juicio, no debió seguirse de la declaración de la denunciante la relevancia probatoria y el crédito que se le atribuyó por el Juez de primer grado.
Pues bien, esta invocación habrá hallar en esta alzada la acogida buscada, no solo porque efectivamente vino la denunciante a admitir en el juicio que en ocasiones había convenido con el denunciado hoy recurrente la modificación del régimen de visitas asignado judicialmente respecto de los hijos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba