SAP León 75/2006, 3 de Julio de 2006

PonenteTEODORO GONZALEZ SANDOVAL
ECLIES:APLE:2006:851
Número de Recurso49/2006
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución75/2006
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LEON

SENTENCIA: 00075/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LEON

Sección nº 001

Rollo : 0000049 /2006 PENAL

Órgano Procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION.N.4 de LEON

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 0000521 /2005

Modelo: 60240

SENTENCIA NUM. 75/06

En la Ciudad de León a tres de julio de dos mil seis.

VISTOS por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de esta Ciudad, constituida por el ILTMO. SR. DON TEODORO GONZALEZ SANDOVAL, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal de Faltas num 521/05, por una falta de Incumplimiento de obligaciones familiares, procedentes del Juzgado de Instrucción 4 de León, habiendo sido partes como apelante Eusebio y como apelado Leonor siendo parte el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción 4 de León, en fecha 19 de diciembre de 2005, se dictó sentencia, cuya relación de Hechos Probados son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS.- Son hechos acreditados que el día 9 de octubre de 2005, sobre las 16:00 horas, Leonor acudió al domicilio de su ex pareja sito en la CALLE000 nº NUM000, NUM001 NUM002 de la localidad de Trobajo del camino en León para ver a la hija de ambos. Por resolución judicial no firme se acordó que la madre puede ver a su hija fines de semana alternos. El día señalado Leonor tenía que estar con la niña, la cual a causa de una operación en fecha 21 de septiembre de 2005, se encontraba convaleciente en el domicilio que el padre comparte con su actual pareja sin poder salir de casa. Cuando Leonor acudió a dicho domicilio el día 9 de octubre se le impidió el acceso al mismo.

La parte dispositiva de la sentencia recurrida es del tenor literal siguiente: FALLO.- Condeno a Eusebio como autor de una falta de Incumplimiento de Obligaciones Familiares a la pena de 30 días de multa con una cuota diaria de 3 euros con responsabilidad personal subsidiaria de 15 días en caso de impago, debiendo ser condenado igualmente al pago de las costas causadas.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la parte apelante se interpuso recurso de apelación, dándose traslado a las demás partes para impugnar o adherirse al recurso, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial a fin de dictar resolución.

Se dan por reproducidos los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida excepto...

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