SAP Vizcaya 67/2007, 5 de Febrero de 2007

PonentePABLO DIEZ NOVAL
ECLIES:APBI:2007:437
Número de Recurso2/2007
ProcedimientoRollo apelación faltas
Número de Resolución67/2007
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 2ª

OFICINA COMUN DE TRAMITACION PENAL

TRAMITAZIO PENALEKO BULEGO COMUNA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

Sección 2ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta

Tfno.: 94 401.66.68 Fax: 94 401.69.92

RECURSO: Rollo ape.faltas nº 2/07

Proc.Origen: Juicio de Faltas nº 278/06.

Jdo.de Instrucción nº 10 de BIlbao.

Apelante: Dña. Natalia.

Apelados: D. Bruno

y el Ministerio Fiscal

S E N T E N C I A nº 67 /07.

Ilmo. Sr. Magistrado:

don Pablo Díez Noval.

En Bilbao, a cinco de febrero de dos mil siete.

Vista en grado de apelación por el Ilmo. Sr. D. Pablo Díez Noval, Magistrado de esta Audiencia Provincial de Bizkaia, Sección 2ª, el presente Rollo de Faltas nº 2/07, conocido en primera instancia por el Juzgado de Instrucción nº 10 de Bilbao, como Juicio de Faltas nº 278/06 por una posible falta de incumplimiento de obligaciones familiares impuestas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial, siendo denunciante don Bruno y denunciada, doña Natalia, con la intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo. sr. Magistrado- Juez del Juzgado de Instrucción nº 10 de Bilbao dictó con fecha 13 de octubre de 2.006 sentencia en cuyo fallo se dice literalmente: "Que debo condenar y condeno a Natalia como autora criminalmente responsable de una falta contra las personas del artículo 622 CP a la pena de 30 días de multa con cuota diaria de 5 euros o quince días de arresto en caso de impago y expresa imposición de costas"

SEGUNDO

Contra dicha resolución interpuso recurso de apelación Dña. Natalia ; y admitido tal recurso en ambos efectos, habiéndolo impugnado tanto el Fiscal como denunciante, fueron elevados los autos a esta Audiencia. Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites, no estimándose necesaria la celebración de vista.

TERCERO

Se dan por reproducidos los antecedentes de la Sentencia apelada.

Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada, a excepción de las palabras "...su marido..." que figuran en la segunda línea del expositivo correspondiente, palabras que se eliminan.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente, doña Natalia, muestra su disconformidad tanto con la relación de hechos probados de la sentencia, como con la aplicabilidad del tipo penal en virtud del cual se dicta sentencia condenatoria.

Por lo que respecta al primera aspecto, considera que el juzgado de instancia ha incurrido en error en la valoración de la prueba, al no considerar determinadas ambigüedades e inexactitudes en la manifestación de la testigo principal de la acusación, al incluir en la sentencia apreciaciones erróneas sobre la causa de la negativa de la sra. Natalia a permitir que le menor fuera con su padre y al no tener en cuenta la existencia de una sentencia absolutoria por los hechos ocurridos el día anterior, que son sustancialmente idénticos.

El examen del bagaje probatorio disponible (básicamente la declaración del denunciante, de la denunciada y de la testigo aportada por la acusación, hermana del denunciante, junto con la documental adjuntada) conduce necesariamente a compartir las conclusiones expresada en la sentencia apelada. El recurso trata diferentes aspectos periféricos de las pruebas practicadas, pero no incide en el elemento nuclear, la falta de justificación de la conducta de la acusada de no permitir que la denunciante tuviera en su compañía a su hijo en los períodos establecidos en la resolución dictada en la causa civil, que de forma provisional regula las consecuencias de la separación de la pareja. En este sentido, no es relevante si la denunciada dio aviso a la hermana del denunciante de que no acudiera a buscar al niño porque estaba en fase de curación de las quemaduras sufridas unos días antes, ni que las reflexiones que introduce la sentencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR