SAP Madrid 294/2007, 8 de Noviembre de 2007

PonenteLUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO
ECLIES:APM:2007:16345
Número de Recurso305/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución294/2007
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEGUNDA

ROLLO DE APELACIÓN: 305 /2007

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 37 de MADRID

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 865 /2006

SENTENCIA Nº 294/2007

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ILMO. SR. MAGISTRADO:

D. LUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO

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En MADRID, a ocho de Noviembre de dos mil siete.

Vista en grado de apelación por el Ilmo. Sr. Magistrado de esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, D. LUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO, la presente apelación contra sentencia dictada por el JDO. INSTRUCCION N. 37 de MADRID en el JUICIO DE FALTAS nº 865/2006, a la que se acordó la formación del Rollo número 305/2007. Actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto.

Habiendo sido partes:

En concepto de apelantes: Luis María y Rubén.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Habiéndose procedido a la incoación de Juicio de Faltas, por FALTA DE LESIONES, el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del JDO. INSTRUCCION N. 37 de MADRID dictó sentencia con fecha 16 de Octubre de 2006 con el siguiente Fallo:

Que debo condenar y condeno a Rubén como autor responsable de una falta de lesiones a la pena de multa de un mes, a razón de una cuota diaria de seis euros en total ciento ochenta euros; y al pago de la cuarte parte de las costas causadas, no declaradas de oficio.

Y que debo condenar y condeno a Luis María, como autor responsable de dos faltas de lesiones, a la pena de multa de un mes, a razón de una cuota diaria de seis euros, en relación con cada falta, en total trescientos sesenta euros; y al pago de la cuarta parte de las costas causadas, no declaradas de oficio.

Que debo condenar y condeno a Mariano como autor responsable de una falta de lesiones a la pena de multa de un mes, a razón de una cuota diaria de seis euros en total ciento ochenta euros; y al pago de la cuarta parte de las costas causadas, no declaradas de oficio.

Y que debo condenar y condeno a Guillermo, como autor responsable de dos faltas de lesiones, a la pena de multa de un mes, a razón de una cuota diaria de seis euros, en relación con cada falta, en total trescientos sesenta euros; y al pago de la cuarta parte de las costas causadas, no declaradas de oficio.

Asimismo Guillermo y Mariano han de indemnizar conjunta y solidariamente a Rubén en trescientos euros por incapacidad temporal por las lesiones sufridas.

Rubén y Luis María han de indemnizar conjunta y solidariamente a Mariano en la cantidad de seiscientos euros por incapacidad temporal por las lesiones sufridas.

Guillermo ha de indemnizar a Luis María en doscientos diez euros por incapacidad temporal por las lesiones sufridas.

Luis María ha de indemnizar a Guillermo en la cantidad de seiscientos euros por incapacidad temporal por las lesiones sufridas.

Si el/los condenado/s no satisficiere/n voluntariamente, o por vía de apremio la/s multa/s impuesta/s, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas diarias no satisfechas que podrá cumplirse mediante localización permanente.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por el Letrado de Luis María y Rubén. Admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia. Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este...

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