SAP Madrid 283/2007, 24 de Septiembre de 2007
Ponente | MARIA LUISA APARICIO CARRIL |
ECLI | ES:APM:2007:11481 |
Número de Recurso | 230/2007 |
Número de Resolución | 283/2007 |
Fecha de Resolución | 24 de Septiembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 7ª
ROLLO Nº 230/2007
JUICIO DE FALTAS Nº 1003/2005
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 12 DE MADRID
SENTENCIA Nº 283/07
AUDIENCIA PROVINCIAL
Ilma. Sra. de la Sección 7ª
Dª. Mª Luisa Aparicio Carril
En Madrid a, veinticuatro de septiembre de dos mil siete.
La Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª Luisa Aparicio Carril, Presidente de la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal unipersonal de acuerdo con lo previsto en el artículo 82-2º párrafo 2º de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia el presente juicio de faltas seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 12 de Madrid por FALTA CONTRA LAS PERSONAS en virtud del recurso de apelación interpuesto por Emilia contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado, habiendo sido partes en el presente recurso la apelante citada y como apelados Mapfre Mutualidad y Seguros Axa.
Por el Juzgado antes citado en el juicio de faltas a que este rollo se refiere se dictó sentencia con fecha 19 de enero de 2007 en la que se establecen como hechos probados que: "Sobre las 7,30 horas del día 22-7-2005 Paulino conducía el vehículo de su propiedad matrícula W-....-WJ y asegurado en la Cia. Mapfre, circulando por el carril derecho de los tres existentes por la carretera M-11 en dirección Madrid y al llegar a la altura aproximada del punto kilométrico 1,200, antes de la desviación a la calle Arturo Soria, efectúa un cambio de carril invadiendo el carril central sin percatarse que por el mismo circulaba el vehículo matrícula W-....-UB, conducido por su propietaria Emilia, la cual para evitar la colisión efectuó un giro a la izquierda invadiendo parcialmente el carril izquierdo por el cual circulaba el autobús matrícula 2086-CRY, conducido por Plácido, propiedad de la empresa Autocares Toletour S.L. y asegurado en la Cia Axa Aurora Ibérica, S.L. el cual no pudo evitar la colisión con la parte trasera del vehículo conducido por Emilia. Como consecuencia de la colisión Emilia, nacida el día 7-2-1977, sufrió lesiones que tardaron en curar 128 días durante los cuales estuvo impedida para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuelas: cervicalgia postraumática y dorsalgia postraumática. Con posterioridad al alta laboral ha permanecido de baja desde el 1-2-2006 al 8-2-2006 y desde el 8-4-2006 al 14-4-2006."; su fallo o parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Paulino como autor de una falta del art. 621 del C. P. a la pena de 15 días de multa a razón de 2 euros diarios y a que indemnice a Emilia en las siguientes cantidades: por los 128 días de incapacidad, en 6275,84 euros por las secuelas en 7.876,50 euros, cantidad esta...
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