SAP León 91/2006, 8 de Septiembre de 2006

PonenteALFONSO LOZANO GUTIERREZ
ECLIES:APLE:2006:895
Número de Recurso47/2006
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución91/2006
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LEON

SENTENCIA: 00091/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LEON

Sección nº 001

Rollo : 0000047 /2006 PENAL

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.5 de PONFERRADA

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 0000262 /2005

Modelo: 60240

S E N T E N C I A Nº 91/06

En la ciudad de León a ocho de Septiembre de dos mil seis.

VISTOS por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de León constituida por el ILMO. SR. D. ALFONSO LOZANO GUTIÉRREZ, los autos de Juicio de Faltas nº 262/05 procedentes del Juzgado de Instrucción nº 5 de Ponferrada, en el que han sido partes de una como apelantes Bruno Y Everardo ; de otra como apelado Imanol, siendo parte EL MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Hechos Probados de la Sentencia de instancia.

SEGUNDO

Con fecha 6 de Febrero de 2006 se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Ponferrada Sentencia cuyos Hechos Probados son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS.- Unico.- Que el día 24 de diciembre de 2005, sobre las 31:15 horas el denunciante Sr. Imanol salía de su domicilio sito en paseo las Eras de Ponferrada cuando se encontró en el portal con dos de sus vecinos, Everardo Bruno, hijo y padre respectivamente. Que Bruno se dirigió a Imanol recriminándole que hubiera interpuso una queja al Ayuntamiento porque sus perros hacen ruido y molestan al vecindario.- En este momento, apareció Everardo, que se dirigió hacia el denunciante, empujándolo pegándole un puñetazo en la cara entre la boca y la nariz. Que padre e hijo rodearon a Imanol, por lo que como pudo este salió hacia la calle, refugiándose en su vehículo, mientras los denunciados le decían "te vamos a matar".- Que como consecuencia de la agresión que sufrió por parte de Everardo padeció contusiones que tardaron en curar dos días.

La parte dispositiva de la mencionada Sentencia es del tenor literal siguiente: FALLO.- QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Everardo como autor de una falta de amenazas a la pena de 20 días multa a 4 euros de cuota diaria, es decir, 80 euros y como autor de una falta de lesiones a la pena de 1 mes multa a 4 euros de cuota diaria, es decir, 120 euros, quedando sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria si no lo hiciere de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a las costas del presente pleito.- En concepto de responsabilidad civil deberá abonar a Imanol la cantidad de 60 euros.- QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Bruno como autor de una falta de amenazas a la pena de 20 días multa a 6 euros recuota diaria, es decir, 120 euros quedando sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria si no lo hiciere de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a las costas del presente pleito.

TERCERO

Contra la mencionada Sentencia se interpuso por la parte apelante recurso de apelación siendo impugnado por las partes apeladas.

CUARTO

Elevadas las actuaciones a esta Sala de la Audiencia, se les dio número de Rollo y seguidos los trámites legales se señaló día para dictar Resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la Sentencia de instancia.

SEGUNDO

El Letrado Pacios Fernández en defensa de D. Bruno y D. Everardo recurre en apelación la Sentencia dictada en el juicio de faltas nº 262/05 del Juzgado nº 5 de Ponferrada peticionando su íntegra revocación y pronunciamiento absolutorio para...

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