SAP Castellón 143/2011, 10 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución143/2011
Fecha10 Mayo 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

Sección Primera

Rollo de Apelación Penal núm. 63/11

Juicio de Faltas Nº 377/2009

Juzgado de Instrucción núm. Uno de Nules

SENTENCIA NÚM. 143

Ilma. Sra. Magistrada:

DOÑA AURORA DE DIEGO GONZALEZ

____________________________________

En Castellón de la Plana, a diez de mayo de dos mil once.

La SECCIÓN PRIMERA de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida en formación unipersonal por la Ilma. Sra. anotada al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de octubre de 2010 procedente del Juzgado de Instrucción núm. Uno de Nules, en autos de Juicio de Faltas núm.377/2009 de dicho Juzgado seguido por faltas de lesiones e injurias.

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, D. Braulio y como APELADO, el MINISTERIO FISCAL .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, declara probados los hechos siguientes:

" Son hechos probados y así se declaran, que sobre las 02:00 horas del día 16 de mayo de 2.009, D. Braulio, mayor de edad y sin antecedentes penales, estando en su domicilio sito en la CALLE000, NUM000 NUM001, de la localidad de la Vall d'Uixó, se dirigió a su compañero de piso, D. Faustino, que se encontraba viendo la televisión en el salón, sin haber mediado discusión entre ellos, diciéndole "moro de mierda, vete a tu país, no tenemos trabajo para nosotros y nos lo venís a quitar, hijo de puta"; que a continuación intentó volcar el sofá donde estaba sentado D. Faustino, y cuando éste se levantó D. Braulio en dos ocasiones le empujó y le tiró en el sofá; que al volverse a levantar D. Faustino, D. Braulio le golpeó con el puño en la parte delantera del hombro derecho, causándole una lesión consistente en contusión en la caja torácica, dolor parrilla costal a nivel 1º-2º arco costal línea medio-clavicular), que precisó una primera asistencia facultativa pero no tratamiento posterior, así como 21 días no impeditivos para su curación, según informe médico forense de fecha 15 de julio de 2.009.

D. Faustino reclama por estos hechos."

SEGUNDO

El fallo de la sentencia apelada dice:

"QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Braulio como autor de una falta contra las personas a 20 días de multa, a razón de seis euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas. QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Braulio como autor de una falta de injurias a 10 días de multa, a razón de cinco euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Braulio a indemnizar a D. Faustino en la cantidad de 630 euros en concepto de responsabilidad civil.

QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Braulio al pago de las costas procesales."

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación del apelante se interpuso recurso de apelación ante el órgano judicial que la dictó, por los motivos que desarrolla en su correspondiente escrito, confiriéndose traslado al Ministerio Fiscal que lo impugnó solicitando su desestimación.

CUARTO

Recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial, se turnaron a la Sección Primera donde se formó el oportuno...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR