SAN, 9 de Noviembre de 2004
| Ponente | CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA |
| Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª |
| ECLI | ES:AN:2004:6981 |
| Número de Recurso | 59/2002 |
CONCEPCION MONICA MONTERO ELENASANTIAGO PABLO SOLDEVILA FRAGOSOJOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
SENTENCIA
Madrid, a nueve de noviembre de dos mil cuatro.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la
Audiencia Nacional ha promovido Real Club Marítimo de Santander, y en su nombre y
representación la Procuradora Sra. Dª Isabel Juliá Corujo, frente a la Administración del Estado,
dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Tribunal Económico
Administrativo Central de fecha 28 de noviembre de 2001, relativa a IVA, siendo la cuantía del
presente recurso de 191.034,23 euros.
Se interpone recurso contencioso administrativo promovido por Real Club Marítimo de Santander, y en su nombre y representación la Procuradora Sra. Dª Isabel Juliá Corujo, frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 28 de noviembre de 2001, solicitando a la Sala, declare el reconocimiento de la exención que nos ocupa.
Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente para que en plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en el escrito de demanda consta literalmente.
Dentro de plazo legal la administración demandada formuló a su vez escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que a tal fin estimó oportuno.
No habiéndose solicitado recibimiento a prueba, y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día veintisiete de octubre de dos mil cuatro.
En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales previstas en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y en las demás Disposiciones concordantes y supletorias de la misma.
Es objeto de impugnación en autos la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 28 de noviembre de 2001, por la que se desestiman las pretensiones de la hoy actora, en relación a la devolución de cantidades indebidamente ingresadas en el Tesoro en concepto de IVA, ya que le correspondía gozar de la exención prevista en el artículo 20 Uno 13 de la Ley 37/1992.
Entrando en el fondo de la cuestión debatida , debe tenerse en cuenta que el Tribunal Supremo en su Sentencia de 23 de Junio de 2001 analiza la Sentencia del T.J.C.E. de 7 de Mayo de 1.998 y señala:
"CUARTO.- Los dos últimos motivos han de ponerse en relación con la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea ha sentado, con respecto al art. 13, epígrafe A, apartado 1, letra "m" de la Sexta Directiva 77/388/CE, de 17 de mayo, doctrina recogida en la sentencia del Tribunal de Luxemburgo, de 7 de mayo de 1998.
La sentencia resolvió el recurso entablado por la Comisión de las Comunidades Europeas, conforme al art. 169 del Tratado de la Comunidad Europea, con objeto de que se declarara que el Reino de España infringió el art. 13.A.1.m) de la Sexta Directiva, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros, relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios, al disponer, en el art. 20.13.1LIVA 37/1992, de 28 de diciembre, que la exención del IVA, de que disfrutan las prestaciones directamente relacionadas con la práctica del deporte o de la educación física, sólo se aplicará a las entidades privadas cuyas cuotas de entrada o periódicas no sobrepasen una determinada cuantía.
Ante todo, debe dejarse constancia de que el citado precepto de la Ley 37/1992 en el apartado 1 y letra "m", coincide literalmente con el art. 8.1.12º y 13º de la misma Ley en la versión 30/1985, vigente al formularse la pretensión de exención.
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea estimó la tesis de la Comisión, afirmando que la exigencia adicional que supone la limitación cuantitativa de la Ley española, no estaba amparada ni en el tenor literal de la letra m), del art. 13.1.1, ni en el tercer guión de la letra a) del apartado 2, de la parte A del art. 13 de la Sexta Directiva.
El precepto de la letra m) incluye, entre las exenciones en favor de actividades de interés general, "determinadas prestaciones de servicios, directamente relacionadas con la práctica del deporte o de la educación física, facilitadas por organismos sin fin lucrativo a las personas que practican el deporte o la educación física".
A su vez, el art. 8.1.12º de la Ley 30/1985, vigente al entablarse el recurso establecía: " Las pretensiones de servicios y las entregas de bienes accesorias a las mismas efectuadas directamente a sus miembros por organismos o entidades legalmente reconocidos que no tengan finalidad lucrativa, cuyos objetivos sean exclusivamente de naturaleza...
Para continuar leyendo
Comienza GratisDesbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
7 días de acceso ilimitado
-
ATS, 1 de Junio de 2006
...dictada en fecha 9 de Noviembre de 2004, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Sexta), recurso nº 59/2002. SEGUNDO En virtud de providencia de fecha 21 de Marzo de 2006, se puso de manifiesto a las partes la posible causa de inadmisión del recurso si......