SAP Murcia 121/2007, 5 de Mayo de 2007

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2007:702
Número de Recurso319/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución121/2007
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00121/2007

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Jaime Giménez Llamas

Magistrados

S E N T E N C I A Nº 121

En la ciudad de Murcia, a cinco de mayo de dos mil siete.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 818/05, -rollo nº 319/06-, entre las partes, actora, Dª. Cecilia, mayor de edad, vecina de Alquerías, Murcia, con domicilio en CALLE000 nº NUM000, con D.N.I. nº NUM001, representada por el Procurador Sr. Artero Moreno y dirigida por el Letrado Sr. García Navarro; y demandada, Mapfre, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, con domicilio social en Majadahonda (Madrid), carretera de Pozuelo a Majadahonda, km. 3'800, con C.I.F. nº G-28010619, representada por la Procuradora Sra. Moreno Bravo y dirigida por el Letrado Sr. Ferrer Saliá. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de accidente de tráfico.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Dª. Cecilia contra la sentencia de 17 de noviembre de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Murcia; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES

DE HECHO

Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Artero Moreno en nombre y representación de Cecilia contra Mapfre Mutualidad de Seguros debo condenar y condeno a esta a que abone a la actora la cantidad de 1891,2 euros, más las cantidades por gastos médicos que se fija en el fundamento jurídico 2º de esta resolución.

Tales cantidades se verán incrementadas en los intereses legales y todo ello sin hacer manifestación en cuanto a las costas causadas".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Dª. Cecilia recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 319/06 y se señaló el día 3 de mayo de 2007 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

Dª. Cecilia interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se declarara la existencia de responsabilidad extracontractual en la actuación de D. Jesús Carlos, quien el 4 de julio de 2004, cuando conducía el turismo Volkswagen Polo, matrícula....-PGL, por la carretera MU-330 (Alquerías-Beniel) a la altura del km 3, creó una situación de riesgo al realizar una maniobra de adelantamiento antirreglamentaria.

Igualmente solicitaba la actora que se declarara la responsabilidad solidaria de Mapfre, Mutualidad de Seguros y la obligación de reparar a Dª. Cecilia por el accidente sufrido. Y que se condenara a dicha aseguradora a indemnizar directa y solidariamente a la Sra. Cecilia en la cantidad de 25.341,70 euros, por los días que la actora estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales, secuelas derivadas del accidente, gastos médicos y farmacéuticos y de rehabilitación, e intereses...

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