ORDEN 30/2010, de 3 de agosto de 2010 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana.

SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN 30/2010, de 3 de agosto de 2010 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana.

[2010/9302] El Reglamento (CE) nº 834/2007 del consejo de 28 de junio de 2007 sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 2092/91 y todas sus modificaciones, así como el Reglamento (CE) nº 889/2008 de la comisión de 5 de septiembre de 2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 834/2007 del consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control, y todas sus modificaciones, establecen las normas para la producción ecológica, su etiquetado y su control en la Comunidad Europea.

La Orden de 13 de junio de 1994, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el Reglamento sobre Producción Agrícola Ecológica, y su indicación en los productos agrarios y alimenticios, y se crea el Comitè d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana, lo configuró como órgano desconcentrado del Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, para ejercer las funciones de autoridad de control en el territorio de la Comunitat Valenciana y como órgano encargado de aplicar el sistema de control establecido en el Reglamento (CE) nº 2092/91 del Consejo, de 24 de junio de 1991, sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios, con todas su disposiciones y modificaciones, Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) nº 394/2007 de la Comisión, ambos derogados.

La experiencia adquirida durante estos años de funcionamiento del Comité d'Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana, junto con la necesidad de adaptar su estructura y funciones a lo que establece la normativa comunitaria UNE-EN 45011 o norma que la sustituya, relativa a los requisitos que deben reunir las entidades de certificación de producto, han puesto de manifiesto la necesidad de revisar la configuración del citado Comité d'Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana (en adelante CAECV), y adecuar a la normativa comunitaria sobre esta materia, las condiciones de producción ecológica en la Comunitat Valenciana.

Mediante la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, el CAECV se ha convertido en corporación de derecho público con personalidad jurídica propia, y plena capacidad de obrar, para el cumplimiento de sus fines: la representación, garantía y promoción de los productos amparados por la denominación, así como el desarrollo de mercados.

El Decreto 222/2007, de 9 de noviembre, del Consell, por el que se establecen normas relativas a los Consejos Reguladores u Órganos de Gestión de las denominaciones de Calidad de la Comunitat Valenciana, según nueva redacción dada por el Decreto 46/2010 de 12 de marzo del Consell por el que se modifican los artículos 4, apartado 4; el artículo 6,apartado 3; el artículo 7, apartados 1, 3 y 5; el artículo 8, apartado 1; y el artículo 11, apartados 2, 3, 4 y 5, del Decreto 222/2007, de 9 de noviembre, del Consell ya citado, surge con el fin de adaptar el marco regulador para que los organismos de certificación de producto puedan cumplir la obligación comunitaria de actuar y acreditarse de conformidad con la norma europea UNE EN 45011, tal y como se establece en los reglamentos comunitarios, además de aprobarse determinadas modificaciones relacionadas con la estructura de gestión de los consejos reguladores u órganos de gestión de las denominaciones de calidad de la Comunitat Valenciana.

En este sentido el citado Decreto 222/2007, es aplicable a aspectos como la composición y las funciones del CAECV y justifica que se proceda a la elaboración de un nuevo 'Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana' que debe sustituir al anterior.

El nuevo Reglamento del Comité d'Agricultura Ecològica, supone un paso adelante, ya que además de recoger los cambios en las funciones y la estructura del CAECV, incorporados por la Ley 10/2006 de 26 de diciembre, el Decreto 222/2007, de 9 de noviembre, del Consell y el Decreto 46/2010, de 12 de marzo, del Consell, también sirve para revisar todos aquellos otros aspectos que, de acuerdo con la experiencia alcanzada en la etapa anterior, permitirán la aplicación del sistema de control y la agilidad de funcionamiento del CAECV.

Por otro lado, la normativa comunitaria en esta materia tiene el carácter de marco comunitario general que proporciona la base para el desarrollo sostenible de métodos ecológicos de producción, garantizando al mismo tiempo el funcionamiento eficaz del mercado interior, asegurando la competencia leal, la protección de consumidores y la confianza de éstos, tal y como establece explícitamente el artículo 1 del Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo, por lo que se hace necesario trasladar este marco normativo al ámbito de la Comunitat Valenciana sobre el que el CAECV extiende sus competencias.

El Reglamento del CAECV recoge las novedades normativas en materia de producción ecológica, su estructura corporativa y a definición de las funciones jurídico-públicas que le han sido asignadas legalmente con la idea de ofrecerle el operador ecológico un marco legal claro y diáfano al que sujetar su actividad productiva. Sobre el CAECV, a la vista de la experiencia demostrada y los buenos resultados obtenidos, se confía el control y la certificación de la producción ecológica, atendiendo a la necesidad de la normativa comunitaria de indicar quien se constituye en Autoridad de Control reconocida por la Comunidad Europea.

Estamos pues ante una normativa moderna que da respuesta a una creciente demanda por parte del consumidor de productos ecológicos al que hay que garantizarle el cumplimiento de la normativa ecológica en los productos que consume, como al propio tiempo asegurar que entre los operadores concurran condiciones de competencia leal.

Por todo lo expuesto, a propuesta del Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana, y en el ejercicio que me confiere la Ley 5/1983, de 30 de diciembre del Consell, ORDENO Artículo único Se aprueba el Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana, que se incluye como anexo de la presente orden.

DISPOSICIÓN ADICIONAL Única

Acreditación en el cumplimiento de la norma UNE-EN 45011 o norma que le sustituya Para la acreditación del cumplimiento de la norma sobre los 'Requisitos generales para entidades que realizan la certificación de producto' (UNE-EN 45011 o norma...

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