Resolución de 9 de abril de 2012, de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, por la que se publica la Resolución de 23 de febrero de 2012, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamiento sobre gestión y revisión del padrón municipal.
Marginal | BOE-A-2012-5044 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de la Presidencia |
Rango de Ley | Resolución |
El Presidente del Instituto Nacional de Estadística y El Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales han acordado, con fecha 23 de febrero de 2012, la modificación de los anexos II y III de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal.
Madrid, 9 de abril de 2012.–El Secretario General Técnico-Director del Secretariado del Gobierno Tomás Suárez-Inclán González.
ANEXO
Resolución de 23 de febrero de 2012, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se modifican los anexos II y III de la Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal
El artículo 60 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en su redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, establece que la formación, actualización, revisión y custodia del Padrón municipal corresponde al Ayuntamiento, de acuerdo con las normas aprobadas conjuntamente por el Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio de Administraciones Públicas, a propuesta del Consejo de Empadronamiento.
De conformidad con lo anterior, el Presidente del Instituto Nacional de Estadística y el Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, a propuesta del Consejo de Empadronamiento, han acordado la modificación de los anexos II y III de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal.
La incorporación de las variables número de documento, NDOCU, y otras de domicilio (Bloque y Portal) en los boletines estadísticos de partos y defunciones recogidos por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a partir de los cuales, en virtud de la Encomienda de Gestión de la Dirección General de...
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