Decreto 123/2012, de 02/08/2012, por el que se modifica el Decreto 69/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en su artículo 6.1, define el currículo como el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada ley. En el capítulo III del Título I, desarrolla la regulación sobre la educación secundaria obligatoria.

La Ley 7/2010, de 20 julio, de Educación de Castilla-La Mancha, regula, en el Título II, el proceso de enseñanza y aprendizaje, dedica su capítulo III a la educación básica obligatoria y, en la sección 3ª, se definen los elementos de la etapa de Educación secundaria obligatoria.

El Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, dispone, en los artículos 4 y 5, que los alumnos podrán cursar materias optativas de acuerdo con el marco que establezcan las administraciones educativas.

El Decreto 69/2007, de 29-05-2007, por el que se establece y ordena el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, regula, en el artículo 7, la ordenación y estructura de los tres primeros cursos de la etapa, y en el artículo 8, la ordenación y estructura del cuarto curso.

El artículo 6 de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y pequeñas y medianas empresas, incluido en el Título I sobre el fomento de la cultura del emprendedor en el ámbito educativo, establece que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería con competencias en materia de educación, en coordinación con los órganos competentes en materia de política de apoyo a emprendedores y pequeñas y medianas empresas, incorporará los contenidos sobre cultura emprendedora y formación y motivación para la creación de empresas en los Decretos de desarrollo curricular de la Educación Básica, Bachillerato y Formación Profesional.

Por este motivo, procede incluir una nueva materia optativa en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, con el nombre de Taller de iniciación a la actividad emprendedora y empresarial.

Esta materia se orientará en la formulación de sus objetivos y en su desarrollo al fomento en el alumnado de las siguientes iniciativas, que vienen marcadas en el artículo 7 de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y pequeñas y medianas empresas:

  1. Explicar y transmitir con rigor el papel del empresario, y su función decisiva en la creación de riqueza y generación de puestos de trabajo, dentro de un sistema de mercado.

  2. Fortalecer los vínculos entre el mundo de la empresa y el sistema educativo. Los empresarios podrán implicarse en el esfuerzo por transmitir el valor de su actividad y fomentar actitudes emprendedoras en todos los niveles del sistema educativo.

  3. Fomentar e incorporar el concepto de ética empresarial como parte esencial del currículo, asociado a todas las disciplinas formativas.

  4. Diseñar materiales de educación para el profesorado en estas disciplinas, que favorezcan que los formadores sean conocedores de la realidad empresarial, de la figura del empresario y que transmitan actitudes emprendedoras al alumnado.

  5. Impulsar la creación de módulos prácticos y teóricos de creación de empresas en todo el sistema educativo no universitario.

  6. Favorecer la integración de la enseñanza académica en todos sus ámbitos con una formación práctica que permita al alumnado que haya finalizado los estudios del sistema educativo no universitario, incorporarse al mercado de trabajo.

El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, establece en su artículo 37.1, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la

enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución.

En la elaboración del presente Decreto, han intervenido la Mesa Sectorial y el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.

En base a lo expuesto, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 2 de agosto...

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