ORDEN FORAL 163/2012, de 5 de octubre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se establecen las condiciones especiales de identificación animal y movimiento de los equinos en la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Orden Foral 36/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, regula el Documento de Traslado, como el documento que ampara el traslado de animales con destino a matadero, cebadero, centros de concentración, pastos, espectáculos taurinos sin muerte y para movimientos de ocio de equino, en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

No obstante y por lo que respecta a los animales de la especie equina, ha tenido lugar la publicación del Real Decreto 1515/2009, de 2 de octubre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina, en el que regula la expedición del Documento de Identificación Equino (DIE) o Pasaporte Equino, que se define como el documento de identificación único para toda la vida del animal, que debe acompañar en todo momento a los équidos registrados y a los équidos de crianza o renta identificados en España.

El modelo del Documento de Identificación Equino (en adelante DIE) se establece en el Reglamento (CE) 504/2008, de la Comisión, de 6 de junio de 2008, por el que se aplican las Directivas 90/426/CEE y 90/427/CEE en lo que se refiere a los métodos de identificación de los équidos, y contiene, además de los datos de identificación y registro animal, la información sanitaria que se establezca por la normativa legal vigente.

En el caso de la especie equina, y dentro de la Comunidad Foral de Navarra, un cierto numero de desplazamientos se efectúan con fines turísticos, deportivos, recreativos o culturales, sometidos a una dinámica claramente diferenciada de la correspondiente a los movimientos de carácter productivo y cuyas circunstancias específicas hacen posible que, con determinados requisitos, y en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, se posibilite la utilización del DIE como el Documento Sanitario de Traslado.

De este modo, sin menoscabar las garantías sanitarias, se facilita a los propietarios o poseedores de equinos que realizan este tipo de movimientos un mejor y más fluido cumplimiento de...

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