STSJ Comunidad de Madrid 552/2006, 6 de Abril de 2006

PonenteJESUS CUDERO BLAS
ECLIES:TSJM:2006:4149
Número de Recurso2608/2003
Número de Resolución552/2006
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

JESUS CUDERO BLASMARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCOCRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINAMARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANOEVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLASFRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00552/2006

Recurso núm.: 2608/03.

Ponente: Sr. Jesús Cudero Blas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

S E N T E N C I A núm.552

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

En la villa de Madrid, a seis de abril de dos mil seis.

VISTO por la Sala el presente recurso contencioso administrativo núm. 2608/03, interpuesto por D. Raúl, que actúa en su propio nombre, contra la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de fecha 17 de julio de 2003, que denegó la petición del recurrente encaminada al reconocimiento y abono de una cantidad en concepto de productividad por las horas nocturnas, festivas y de exceso realizadas desde que fue destinado al Servicio de Seguridad de la Casa de su Majestad el Rey, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que se anule la resolución recurrida y se reconozca el derecho del recurrente al abono por las horas festivas, nocturnas y de exceso prestadas en la Unidad en la cual presta servicio (Casa de su Majestad el Rey), con los intereses legales correspondientes.

Segundo

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte Sentencia por la que se desestime el recurso y se confirme la resolución impugnada en todos sus extremos.

Tercero

Para la votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 5 de abril de 2006, teniendo así lugar.

VISTO siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Jesús Cudero Blas, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El objeto del recurso se centra en determinar la conformidad o disconformidad a derecho de la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de fecha 17 de juliode 2003, que denegó la petición del recurrente encaminada al reconocimiento y abono de una cantidad en concepto de productividad por las horas nocturnas, festivas y de exceso realizadas desde que fue destinado en el Servicio de Seguridad de la Casa de su Majestad el Rey.

En apoyo de su pretensión invoca la parte actora la normativa general que regula el régimen retributivo de la Guardia Civil, en concreto el Real Decreto 311/1988, de 30 de marzo, sobre retribuciones del personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado , en relación con la Ley 30/1984, de 2 de agosto , particularmente en lo relativo a la definición del complemento de productividad, así como las disposiciones específicas en materia de remuneraciones de los miembros de la Guardia Civil, como la Orden General núm. 37, de 23 de septiembre de 1997, sobre regulación del régimen de prestación del servicio, la Orden General núm. 1, de 22 de enero de 1998, sobre...

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