ORDEN EMO/276/2013, de 30 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa integral de fomento de la emprendeduría de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo enmarcado en el programa Catalunya Emprèn, y se abre la convocatoria para el año 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden
Preámbulo

Cataluña es un país con tradición y vocación emprendedora. A lo largo de su historia ha contado con hombres y mujeres capaces de generar nuevos negocios en todos los sectores que han contribuido al desarrollo económico del país para convertirlo en uno de los territorios más dinámicos del sur de Europa.

En el nuevo contexto que se abre en el siglo XXI, con una mayor interconexión de la economía a nivel internacional, la revolución tecnológica, el incremento de la competencia y también la necesaria corrección de los desequilibrios producidos en los primeros años de este siglo, el emprendimiento aparece como un factor clave para el progreso económico y social del conjunto del territorio.

En este nuevo contexto las personas son, más que nunca, el elemento primordial, el motor de cualquier actividad vital y, obviamente, de cualquier actividad emprendedora. En el contexto de la economía del conocimiento, la persona emprendedora es aquella que consigue convertir recursos en valor mediante la creatividad, la innovación y la capacidad de alinear personas y recursos en un proceso dirigido a la creación de bienes y servicios de interés para el mercado. Así podemos definir a la persona emprendedora como el principal agente de generación de riqueza.

Con el fin de recuperar y aumentar la tasa de actividad emprendedora en Cataluña debemos impulsar, fomentar la creación, la consolidación y el crecimiento de empresas de manera que se estimule, facilite y simplifique el inicio y desarrollo de la actividad emprendedora en colaboración con los agentes implicados, con el fin de mejorar el tejido y la competitividad de la economía catalana.

Entre las actuaciones a desarrollar conviene prever medidas de motivación a fin de que en un futuro a medio o largo plazo dispongamos de un número creciente de vocaciones emprendedoras.

Asimismo, hay que garantizar un apoyo directo a las personas emprendedoras en el conjunto del territorio, prestando un servicio integral de acompañamiento y apoyo adaptado a sus necesidades y que les facilite el acceso a los diversos servicios y recursos que las diferentes administraciones y otras entidades públicas y privadas ponen a su alcance.

En este sentido es vital alinear a todos los actores y recursos existentes en Cataluña, utilizando mecanismos de cooperación público-privada que permitan optimizar los resultados obtenidos en el apoyo a las personas emprendedoras, facilitando y simplificando el inicio de la actividad económica y potenciando su desarrollo y crecimiento.

Entre los objetivos prioritarios de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo hay que destacar el impulso, promoción y fomento a la creación de empresas con la finalidad de autoempleo en Cataluña, objetivos que son concurrentes con las políticas europeas de empleo.

El Programa operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013 de Cataluña destaca que hace falta impulsar el espíritu empresarial, favorecer la creación y la consolidación de empresas, y poner el énfasis en sectores emergentes generadores de empleo.

Vista la Estrategia española de empleo 2012-2014, que establece medidas de apoyo a la creación de empresas mediante actividades de asesoramiento a los emprendedores, acciones encaminadas a facilitar y mejorar el acceso a la financiación, y actividades formativas en el terreno de la creación de empresas (Medida no común del eje 5 y que corresponde al desarrollo de la medida MN108 del Plan anual de la política de empleo para 2013 y de los servicios de emprendimiento establecidos en el Plan de desarrollo de las políticas activas de empleo 2012-2014);

Vista la Estrategia de emprendimiento y empleo joven 2013-2016;

Visto que el Plan de Gobierno 2013-2016 establece el objetivo de fomentar el trabajo autónomo, el emprendimiento y las pequeñas y medianas empresas para la promoción y diversificación económica, elemento básico para la creación de empleo;

Visto el Plan de acción sobre emprendimiento 2020, con el objetivo de relanzar el espíritu emprendedor en Europa;

Visto el Programa Catalunya Emprèn, con la finalidad de impulsar, planificar y evaluar un conjunto de acciones destinadas a fomentar el espíritu emprendedor y promover la cultura de empresa en Cataluña;

Visto el Reglamento (CE) núm. 1081/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Social Europeo (DOUE L210, de 31.7.2006), parcialmente modificado por el Reglamento (CE) núm. 396/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009;

Visto el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE y al Fondo de Cohesión (DOUE L210 de 31.7.2006), modificado por el Reglamento (UE) núm. 539/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio;

Visto el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27.12.2006);

Visto el Reglamento (CE) núm. 846/2009 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión (DOUE L 250/1, de 23.9.2009);

Visto el Reglamento (UE) núm. 1310/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre, y el Reglamento (UE) núm. 1311/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre, que modifican el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006;

Vistos el Reglamento (CE) núm. 832/2010, de 27 de septiembre, y el Reglamento (CE) núm. 1236/2011, de 29 de noviembre de 2011, que modifican el Reglamento (CE) núm.1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006;

Vista la Orden ESS/1337/2013, de 3 de julio, que modifica la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre;

Vista la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación 2007-2013, modificada por la Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo;

Visto el Reglamento (CE) núm. 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis;

Vistos el capítulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791ª, de 31.12.2002), y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Visto el Acuerdo de Gobierno de 27 de agosto de 2013, por el que se modifica el límite del crédito prorrogado que dispone el Decreto 170/2012, de 27 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2012 mientras no entren en vigor los de 2013, modificado por el Decreto 164/2013, de 14 de mayo;

Visto el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña; con los informes previos del Área Jurídica de Empleo y Relaciones Laborales y de la Intervención Delegada; a propuesta de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Creación de Empresas, y de acuerdo con las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Convocatoria y bases reguladoras

La presente Orden tiene por objeto hacer pública la convocatoria del año 2013 para presentar las solicitudes para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación del Programa integral de fomento del emprendimiento enmarcado en el programa Catalunya Emprèn (entidades colaboradoras de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo que constituyen la red Catalunya Emprèn) y aprobar las bases reguladoras que deben regir la concesión de las subvenciones del mencionado programa.

Artículo 2

Periodo de ejecución del Programa

2.1. El periodo de ejecución de los proyectos subvencionados en el marco de la presente Orden será desde la fecha de otorgamiento de la subvención, año 2013, hasta el 30 de noviembre de 2014.

Artículo 3

Aplicación presupuestaria e importe

3.1 Mediante Acuerdo de gobierno de 29 de octubre de 2013 se ha aprobado el gasto plurianual correspondiente a las subvenciones objeto de la presente convocatoria.

3.2 El importe máximo de las ayudas destinadas a la concesión de subvenciones para la convocatoria de 2013 es de 5.302.192,25 €, distribuidos para la plurianualidad 2013-2104 de la siguiente manera:

Línia Any 2013 Any 2014
A 3.817.578,43 euros 954.394,60 euros
B 424.175,38 euros 106.043,84 euros

Las partidas presupuestarias, de los presupuestos prorrogados de la Generalidad de Cataluña para el año 2013 (Acuerdo de Gobierno de 27 de agosto de 2013), para esta convocatoria son las siguientes:

IU0802D/460.0001/661 y IU0802D/482.0001/661.

Esta dotación inicial se podrá ampliar en función de la disponibilidad presupuestaria, previa resolución del/de el/la director/a general de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo.

3.3 La dotación inicial de importes de las dos líneas podrá ser redistribuida en atención al desarrollo y necesidades del procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con la base 7.4.

3.4 El otorgamiento de estas subvenciones estará condicionado a la disponibilidad presupuestaria suficiente para esta finalidad, a la efectiva transferencia de los fondos por parte de la Administración del Estado, dado que corresponde a programas acordados en la reunión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales del día 11 de abril de 2013, mediante la que se distribuyen territorialmente las subvenciones del ámbito laboral financiadas a cargo de los presupuestos generales del Estado, así como la norma de distribución de los recursos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR