Orden ESS/1337/2013, de 3 de julio, por la que se modifica la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación de 2007-2013.
Fecha de Entrada en Vigor | 13 de Julio de 2013 |
Marginal | BOE-A-2013-7738 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Empleo y Seguridad Social |
Rango de Ley | Orden |
En su informe anual de 2007, el Tribunal de Cuentas Europeo recomendó que las autoridades legislativas y la Comisión se preparasen para revisar la concepción de futuros programas de gastos sopesando debidamente la posibilidad de simplificar la base del cálculo de los costes subvencionables y recurrir en mayor medida al pago de cantidades globales o porcentajes a tanto alzado en lugar del reembolso de «costes reales».
Para garantizar la necesaria simplificación de la gestión, de la administración y del control de las operaciones que reciben una ayuda del Fondo Social Europeo, especialmente cuando están vinculadas a un sistema de reembolso basado en los resultados, el Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron el Reglamento (CE) n.º 396/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1081/2006, de 5 de julio, en lo que respecta al Fondo Social Europeo para ampliar los tipos de costes subvencionables por el Fondo Social Europeo, añadiendo dos formas adicionales de costes subvencionables, a saber, los porcentajes a tanto alzado basados en baremos estándar de costes unitarios y las cantidades globales.
De otra parte, el Reglamento (UE) n.º 1310/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, modificó el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo en lo que respecta a las ayudas reembolsables, para que sean reutilizadas con el mismo fin o de acuerdo con los objetivos del programa operativo correspondiente, a fin de garantizar que los fondos que se reembolsan se empleen adecuadamente y la ayuda de la Unión se utilice de la manera más eficaz posible.
Dado que el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1260/1999, dispone en su artículo 56.4 que las normas sobre subvencionabilidad del gasto se establezcan a escala nacional, y al objeto de conseguir una adecuación plena entre la normativa nacional y la normativa comunitaria en materia de subvencionabilidad de los gastos, se ha considerado necesario modificar la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación de 2007-2013, para permitir el empleo de las formas simplificadas de...
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