STSJ Castilla y León , 28 de Julio de 2005

PonenteMERCEDES PEDRAZ CALVO
ECLIES:TSJCL:2005:4502
Número de Recurso3447/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 01654/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65585 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 33 3 2005 0103665 Procedimiento:

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0003447 /1998 Sobre ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FINANCIERA De D/ña. Benedicto Contra D/ña. TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA Y LEON SENTENCIA Nº 1654 ILTMOS. SRES.:

MAGISTRADOS:

Doña Mercedes Pedraz Calvo DON Jose Maria del Riego Valledor Doña Concepción Mónica Montero Elena En Valladolid, a veintiocho de julio de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados arriba indicados, el presente recurso en el que se impugna:

La resolución dictada por el TEAR de Castilla-León el día 26 de septiembre de l.997.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: D. Benedicto representado y defendido por si mismo.

Como demandado: la Administración del Estado representada y defendida por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA Mercedes Pedraz Calvo.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicados edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de León y recibido el expediente administrativo correspondiente, la parte recurrente dedujo su demanda en las que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que declare nulo el acto impugnado.

Por OTROSI DIGO, se interesa el recibimiento a prueba del recurso.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimatoria.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose la documental a instancias de la actora con el resultado obrante en autos.

CUARTO

Conferido traslado a las partes para presentar conclusiones, se evacuó el trámite por ambas y, finalmente, se señaló para votación y fallo el día 20 de julio de 2005.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley aunque no los plazos en ella fijados dado el volumen de trabajo y la pendencia que existe en la Sala.

&n bsp; El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 10 de septiembre de 2002.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso la desestimación por el TEAR de Castilla y León con fecha 26 de septiembre de l.997 de la reclamación número 24/2507/94 relativo a resolución dictada por la AEAT el 23 de junio de l.994, desestimatoria de recurso de reposición contra liquidación provisional por IRPF ejercicio l.992.

SEGUNDO

Los hechos que se encuentran en el origen del presente recurso son los siguientes: el el recurrente presentó su autoliquidación del IRPF l.992, en tiempo y forma, recibiendo el 21-III-94 un requerimiento de la Administración para la justificación de la inversión en vivienda consignada por importe de 368.083 ptas dictando liquidación provisional en la que, al haber reducido la inversión a 47.338 alcanza un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR