Orden JUS/1926/2006, de 15 de junio, por la que se aprueban las normas y los modelos de relaciones documentales que regulan la remisión de documentación jurídica a los diferentes archivos judiciales en las Comunidades Autónomas sin traspasos recibidos del Ministerio de Justicia.

Fecha de Entrada en Vigor20 de Junio de 2006
MarginalBOE-A-2006-10880
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

Orden JUS/1926/2006, de 15 de junio, por la que se aprueban las normas y los modelos de relaciones documentales que regulan la remisión de documentación jurídica a los diferentes archivos judiciales en las Comunidades Autónomas sin traspasos recibidos del Ministerio de Justicia.

El Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales, tiene como objeto modernizar y regular la organización y funcionamiento de los archivos judiciales, así como el procedimiento a través del cual se efectúa el expurgo de la documentación judicial.

Se pretende la regulación unitaria y conjunta de esta materia, adecuándola a la realidad social y jurídica actual, consiguiendo un equilibrio entre la tradicional técnica archivística y el desarrollo creciente de las nuevas tecnologías.

Su finalidad es la implantación de un sistema de gestión de los archivos judiciales que permita la realización de los fines de la Justicia, así como la facilitación del acceso a la documentación, con las garantías y limitaciones legalmente exigibles.

Las disposiciones contenidas en el mismo serán de aplicación a todos los documentos judiciales existentes en los distintos Juzgados y Tribunales de todos los órdenes jurisdiccionales, que sean consecuencia de la actividad judicial, así como de los expedientes gubernativos que se sustancien en ellos.

En cuanto a la forma de remisión de documentos judiciales y relaciones documentales, el artículo 13.1 del Real Decreto 937/2003 establece que la remisión de los documentos que se hallen en un archivo de gestión al correspondiente archivo judicial territorial o al Archivo Judicial Central se formalizará periódicamente, como mínimo con carácter anual, en función del volumen de gestión de cada archivo, e irá acompañada necesariamente de una relación de los procedimientos o actuaciones judiciales en los que se integran, con arreglo a un modelo uniforme y obligatorio aprobado por la Administración pública competente.

Esta orden se dicta en desarrollo del precepto anterior y disposiciones concordantes y de conformidad con lo establecido en la disposición final segunda del citado real decreto.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Esta orden tiene por objeto:

  1. Aprobar los modelos uniformes y obligatorios a los que se refiere el artículo 13.1 del Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales, que se insertan como Anexos...

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