SAP Madrid 183/2007, 8 de Febrero de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ
ECLIES:APM:2007:674
Número de Recurso964/2006
Número de Resolución183/2007
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24

MADRID

SENTENCIA: 00183/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 24ª

Rollo nº: 964/06

Autos nº: 449/05

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Getafe

P. Apelante: D. Jose María

Procurador: Dª. SONIA ALBA MONTESERIN

P. Apelada: Dª. Carmen

Procurador: Dª. Mª JESUS FERNANDEZ SALAGRE

Ponente: Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

S E N T E N C I A Nº 1 8 3

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª Rosario Hernández Hernández

En Madrid a ocho de febrero de dos mil siete

Vistos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial, los autos de divorcio nº 449/05; procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Getafe; y seguidos entre partes; de una, como apelante, D. Jose María, representado por la Procuradora Dª. SONIA ALBA MONTESERIN; y de otra, como parte apelada, Dª. Carmen, representado por la Procuradora Dª. Mª JESUS FERNANDEZ SALAGRE; y siendo Ponente el Magistrado de la Sala Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ, que expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 17 de marzo de 2006, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Getafe, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª. Carmen contra D. Jose María, debo declarar y declaro la disolución por causa de DIVORCIO del matrimonio formado por ambos cónyuges con todos los efectos legales que tal pronunciamiento lleva consigo y, en especial, acuerdo:

- La atribución a la Sra. Carmen del uso del domicilio que fue familiar sito en la Calle DIRECCION000 nº NUM000, NUM001 de Getafe en tanto no se produzca la liquidación de la sociedad de gananciales.

- La fijación a favor de la Sra. Carmen y a cargo del Sr. Jose María de una pensión compensatoria de CIENTO SESENTA EUROS (160 EUROS) mensuales a satisfacer de forma anticipada, en los cinco primeros días de cada mes, mediante ingreso o transferencia en la cuenta que designe la demandante y se actualizará a uno de enero de cada año conforme a la variación que experimente el IPC publicado por el INE u organismo que lo sustituya.

No se hace especial pronunciamiento en materia de costas, debiendo cada parte satisfacer las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

TERCERO

Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de D. Jose María, a fin de conseguir su revocación, y la Sala, en su lugar, estimando el recurso, declare que en el caso no procede señalar a favor de la Sra. Carmen pensión compensatoria; y ello en virtud de lo argumentado en el escrito de fecha 24 de mayo de 2006.

CUARTO

Frente a tal pretensión, la parte apelada se opone al recurso de apelación interpuesto de contrario por lo manifestado en el escrito de fecha 18 de septiembre de 2006.

QUINTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Limitada la presente alzada a determinar si en el caso procede o no señalar pensión compensatoria para Dª. Carmen es conveniente al caso recordar y para una mejor comprensión de lo que después se dirá, la doctrina más autorizada de los autores que dice: "el presupuesto fáctico determinante del nacimiento del derecho a la pensión...

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