SAP Barcelona 220/2006, 28 de Marzo de 2006

PonenteANA JESUS FERNANDEZ SAN MIGUEL
ECLIES:APB:2006:3764
Número de Recurso263/2005
Número de Resolución220/2006
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN Decimoctava

ROLLO Nº 263/2005 -A

DIVORCIO CONTENCIOSO ( ART.770- 773 LEC NÚM. 467/2004

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 SABADELL (ANT.CI-6)

S E N T E N C I A Nº 220/2006

Ilmos. Sres.

MARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª. ANA JESÚS FERNÁNDEZ SAN MIGUEL

D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de Marzo de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Divorcio contencioso ( art.770- 773 Lec, número 467/2004 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 4 Sabadell (ant.CI-6), a instancia de D. Eloy, contra Dª. Penélope ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la DEMANDADA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 29 de octubre de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado, y contra el auto de aclaración de 15 de noviembre de 2004, habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando en parte la demanda presentada por Procurador Roser Llonch Trias en representación de Eloy contra Penélope, debo decretar y decreto la disolución del matrimonio de los litigantes por DIVORCIO, con todos los efectos legales inherentes, quedando revocados los poderes y consentimientos otorgados y la posibilidad de vincular bienes del otro en el ejercicio de la potestad doméstica, y como medidas las siguientes:

  1. - Atribuir a la madre la guarda y custodia de la hija menor, ejerciendo la patria potestad compartida de ambos progenitores, y se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro, siendo válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en situaciones de necesidad.

  2. - Mantener la atribución a la Sra. Penélope y a su hija el uso del domicilio familiar.

  3. - Como régimen de visitas a favor del padre se establece: a- En primer lugar por lo que respecta a los fines de semana, procede establecer que en defecto de acuerdo el padre tendrá en su compañía a la menor, los fines de semana alternos desde el viernes a la salida de la escuela o actividad extraescolar hasta el domingo a las 20 horas siendo el padre o persona autorizada familiar quien la recogerá y la reintegrará en el domicilio materno. El fin de semana en que corresponda al padre la compañía de la hija si fuese festivo el anterior o posterior (viernes o lunes), la estancia con la menor se extenderá desde la salida del colegio o actividad extraescolar de la víspera, es decir jueves, y se extenderá hasta el lunes festivo 20.00 horas según el caso. Si se tratare de un viernes o lunes festivo unido a un fin de semana que corresponda a la madre corresponderá a la madre tener en su compañía a la menor. Los festivos intersemanales que no coincidan con lunes ni viernes se distribuirán por mitad de forma alterna a cada uno de los progenitores recogiendo el padre a la menor el día festivo a las 10 horas en el domicilio materno y reintegrándola a las 20 horas. bContinuará el padre recogiendo a la menor a diario a fin de trasladarla al centro escolar, mientras su horario se lo permita y sea él personalmente el que haga esta recogida y entrega. c- En tercer lugar, por lo que respecta a vacaciones escolares se fija en vacaciones de Semana Santa por mitades en los años pares el Sr. Eloy la primera mitad desde las 10 horas del primer día festivo escolar hasta las 20 horas del último día de la mitad y los años impares desde las 10 horas del primer día de la segunda mitad hasta las 20 horas del último día escolar; vacaciones de verano los años pares, el Sr. Eloy los días comprendidos desde final clases hasta el 30 de junio siendo la hora de entrega las 20 horas y de las 10 horas del 16 de agosto hasta las 20 horas del 31 de agosto y desde las 10 horas del 1 de septiembre hasta las 20 horas del último día antes de iniciar el curso escolar. Los años impares, el Sr. Eloy desde las 10 horas del 1 de agosto hasta las 20 horas del 15 de agosto y desde las 10 horas del 1 de septiembre hasta las 20 horas del último día antes de iniciar el curso escolar. La Sra. Penélope entre final clases hasta el 30 de junio siendo la hora de entrega las 20 horas y de las 10 horas del 16 de agosto hasta las 20 horas del 31 de agosto. Por lo que respecta al mes de julio, en tanto la menor continúe acudiendo al Casal de verano, y semana de colonias, se mantendrá el régimen de visitas ordinario, si bien en este mes, se repartirán de forma alterna los progenitores la entrega de la menor en el Casal, de tal forma que en los años pares el padre llevará a la menor en el casal los días pares, y la madre los días impares y en los años impares a la inversa. Por lo que respecta a la semana de colonias se hará la entrega y recogida de la menor de forma alterna correspondiendo a la madre los años pares y al padre los impares. Cuando la menor deje de realizar esta actividad, el mes de julio se repartirá entre los progenitores por mitad, el padre los años pares continuará disfrutando del régimen que inició los días festivos de junio, retornando a la menor el 15 de julio a las 20 horas, correspondiendo a la madre desde el 15 de julio a las 20 horas y continuando durante la primera quincena de agosto que le corresponde y en los años impares de forma inversa. En vacaciones de Navidad los años pares el Sr. Eloy desde las 20 horas del 30 de diciembre a las 20 horas del último día de vacaciones escolares de enero, y la Sra. Penélope desde las 10 horas del primer día festivo escolar hasta las 20 horas del día 30 de diciembre, los años impares el Sr. Eloy desde las 10 horas del primer día festivo escolar hasta las 20 horas del día 30 de diciembre y la Sra. Penélope desde las 20 horas del 30 de diciembre a las 20 horas del último día de vacaciones escolares de enero. El día de Reyes podrá estar con la...

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