Los distintos tipos de cosmopolitismo y su confluencia en el cosmopolitismo jurídico-político

AutorRafael Uña Ruano
Páginas17-34
CAPÍTULO 1. LOS DISTINTOS TIPOS DE COSMOPOLITISMO Y
SU CONFLUENCIA EN EL COSMOPOLITISMO JURÍDICO
POLÍTICO
1.1. Los ingredientes básicos del cosmopolitisimo jurídico-político
Para lograr entender el cosmopolitismo jurídico-político y sus propuestas polí-
ticas, debemos comenzar por comprender sus fuentes. Es decir, acercarnos a las dos
corrientes intelectuales que se van a fusionar para crearlo: la tradición cosmopolita,
por un lado, y los proyectos políticos supranacionales federalistas, por el otro.
En efecto, junto a las diferentes posturas cosmopolitas que irán surgien-
do a lo largo de la historia aparecerá también toda una serie de propuestas polí-
ticas que buscaban la unión de los diferentes Estados como solución denitiva a
los continuos conictos bélicos. En la convergencia de ambas posturas podemos
encontrar ejemplos destacados de cosmopolitismo jurídico-político surgidos de la
mente de autores como Crucé, Comenio, Kant, Krause, Elihu Burritt o Wi-
lliam Ladd entre otros. Unos proyectos que unicaban inquitudes y puntos de
vista cosmopolitas con propuestas jurídico-políticas que articulaban auténticas
entidades supraestatales.
Procedamos, pues, con un breve esbozo de ambos ingredientes: el cosmo-
politismo y el federalismo supraestatal.
1.1.1. Aproximación al cosmopolitismo
Como es frecuente en el mundo académico, nos encontramos con un
término que carece de un signicado unívoco. Además, tampoco resulta un
concepto pacíco, dado que, tal y como destaca Appiah, “la celebración del
cosmopolitismo puede sugerir una desagradable actitud de superioridad ante
lo supuestamente provincial” (Appiah 2007, 16). Por todo ello, adoptaré una
Rafael Uña Ruano
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concepción amplia del mismo. Aunque resulta innegable que existen muchas
otras deniciones, y que varias de ellas son mucho más restrictivas en lo refe-
rente a lo que debe entenderse por cosmopolitismo.
El punto de partida sería, en palabras de David Miller, la invitación para
vernos a nosotros mismos como ciudadanos del mundo (Miller 2010, 378). De ahí
deriva, según Fernando Llano, una idea de hermandad entre los seres humanos que
trasciende las fronteras. Según el cosmopolitismo, todas las personas comparten
tanto una “misma naturaleza” -la condición de “miembros del género humano”-,
como una “patria común” -la propia Tierra-. Por tanto, el núcleo de la postura
cosmopolita asume que “todos los seres humanos son esencialmente iguales” -in-
dividualismo igualitario-, y merecen, por ello, el mismo grado de respeto, con in-
dependencia de su nacionalidad y demás circunstancias personales (Llano 2013,
392-399; García 2007, 52).
Debe, por tanto, entenderse por cosmopolitismo la corriente de pensa-
miento que considera a todos los seres humanos como pertenecientes a una única
comunidad: la humanidad. El cosmopolitismo considera que todos los seres hu-
manos forman parte de la “comunidad universal del género humano”. Además,
esto signica que todas las personas, como individuos, son directamente sujetos
de la misma -y no por pertenecer, a su vez, a grupos más pequeños como pueblos
o naciones-.
De esta premisa se extraerán una serie de consecuencias, siendo las de tipo
ético y moral las más relevantes. En este caso, esta “comunidad de todos los seres
humanos” comparte una moral común. De hecho, será esta moral compartida
uno de los principales elementos que integran a los seres humanos en esta única
comunidad global. El cosmopolitismo enfatiza, por tanto, la idea de comunidad co-
mún humana de la que se derivan, a su vez, obligaciones morales hacia los demás
(García 2020, 272).
En resumidas cuentas, el primer elemento del pensamiento cosmopolita
lo constituye la identidad, una identidad universal compartida: la identidad cos-
mopolita. Se trata de una identicación que comparten entre sí -o deberían com-
partir-, todos los seres humanos. Precisamente, es este aspecto lo que hace que
se constituyan en una comunidad: la comunidad de la humanidad. No obstante,
esta identidad cosmopolita no tiene por qué ser, necesariamente, única y exclusiva,
puesto que resulta compatible con la coexistencia de identicaciones y delidades
a otras comunidades diferentes -como las polis, la ciudad, la región o, incluso, la
nación-.

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