STSJ Galicia , 26 de Enero de 2001

PonenteRAFAELA HORCAS BALLESTEROS
ECLIES:TSJGAL:2001:649
Número de Recurso5703/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

D. Juan Luis Guisasola Bustillo, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

C E R T I F I C O: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso n° 5703-00 (LL)

Ilmo. Sr. D. JOSE M CABANAS GANCEDO PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. MANUEL DOMINGUEZ LOPEZ Ilma. S D RAFAELA HORCAS BALLESTEROS A Coruña, veintiséis Enero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y . EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 5703-00 interpuesto por Don Jesús Ángel contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Dos de Lugo siendo Ponente la ILMA. SR. Dª. RAFAELA HORCAS BALLESTEROS .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 546/00 se presentó demanda por Don Jesús Ángel en reclamación de DESPIDO siendo demandado el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 25 Septiembre de 2000 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- el actor Don Jesús Ángel , cuyos datos personales constan en autos, vino prestando sus servicios para la empresa "BANCO BILBAO VIZCAYA AGENTARIA S.A." dedicada a la actividad bancaria con las siguientes circunstancias laborales: antigüedad 1 de Agosto de 1.967, categoría profesional Técnico apoderado, salario 7.240.195 pesetas brutas anuales incluida la prorrata de pagas extras.- El actor no ostenta ni ostentó la representación de los trabajadores. Está afiliado a la Confederación Intersindical Galega (C.I.G.)- SEGUNDO. En fecha 1 de Octubre de 1.999 se produce la suspensión del contrato del actor tal y como consta en autos (folio 34 ramo de prueba de la demandada).- TERCERO.- en carta de fecha 31 de Marzo de 2.000 la DIRECCION000 de la oficina e Banco Bilbao Vizcaya Argentaria de Ferreira de Valadour Sra. Ángela comunica al departamento de personal de la demandada reclamaciones efectuadas por clientes (autos folio 29 demandada).- CUARTO. El 6 de Abril de 2000 se iniciaron los trabajos de auditoría que concluyeron con el correspondiente informe en fecha 27 de Abril de 2.000 que consta en autos (folio 1 prueba demandada).- QUINTO.- Con fecha 27 de abril de 2.000 el actor dirige escrito a la demandada con el siguiente literal: "Muy Sres. Míos: Por la presente les comunico que con la estancia en la oficina de Ferreira do Valadouro, he dispuesto de la cuenta de I.P.F. n° NUM000 de Jaime la cantidad de ochocientas cincuenta mil pesetas las cuales he repuesto. La disposición se debió a problemas familiares. Manifiesto que no dispuso de otras cuentas. Las diferencias que aboné a varios clientes fue debido a la compra de preferente (B.B.V.)". SEXTO.- La Sra. Dña Andrea en escrito de fecha 29 de Mayo de 2000 dirigido a la oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaría de Ferriera de Valadouro comunica que al recibir la información fiscal del ejercicio 1.999 observó que el 8 de Marzo de 2.000 había sido efectuada la venta de 126 acciones del B.B.V.A. de su titularidad sin que hubiese dado instrucciones para ello. El valor de la venta ascendía a 277.099 pesetas.- El sobre con el nombre de Andrea y que contenía 218.000 pesetas estaba en el cajón del actor con sus cosas personales, el mismo llevó en efectivo a la oficina 59.000 pesetas para completar la diferencia de lo obtenido con la venta de las acciones.- SEPTIMO.- En escrito de fecha 18 de Mayo de 2.000 la demandada dirige escrito al actor solicitando le comunique si está afiliado a algún sindicato, no obteniendo contestación. También se solicita al actor explicaciones de los hechos otorgándosele plazo de 2 días para ello.- OCTAVO.- Con fecha 19 de Junio de 2.000 la demandada se dirige al actor mediante escrito del siguiente tenor literal: "Muy señor nuestro: Por medio del presente escrito y en base a lo dispuesto en el art. 54 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores lamen- tamos poner en su conocimiento, en la forma y con los efectos previstos en el art. 55 de dicha Ley, que la Dirección de esta Empresa ha adoptado la decisión de proceder a su DESPIDO DISCIPLINARIO. por entender que las irregularidades, por Usted cometidas constituyen faltas muy graves.- Esta decisión está basada en la operatoria irregular llevada a cabo por Usted y que le recogíamos en nuestros escritos de 18.05.00 y 30.05.00 y que seguidamente volvemos a detallar.- En su carta de fecha 27-04-2000 que Usted dirigió a la D.U.G.-Lugo reconoció haber dispuesto un importe de 850.000.- ptas de la IPF n° NUM000 de D. Jaime manifestando no haber dispuesto de otras cuentas. A continuación relacionamos los movimientos fraudulentos realizados en la citada Imposición a Plazo Fijo:- Fecha: 11.04.96.- Importe: 125.000.- D.- Fecha 15.10.96.- Importe: 100.000.- D.- Fecha: 29.04.97.- Importe: 41.332.-D (*).- Fecha 10.09.97.- Importe:

100.000.- D.- Fecha 11.02.98.- Importe: 100.000.- D.- Fecha 17.11.98.- Importe 50.000.-D.- Fecha 04.12.98.- Importe: 50.000.-D.- Fecha 13.07.98.- Importe 300.000.-D.- Fecha 25.02.00.- Importe:

897.220.-D.- El importe de 897.220.- ptas. (H), corresponde a devolución de la cantidad sustraída (866.332.- pesetas) y 30.888.- ptas de los intereses estimados y reclamados por los clientes.- (*) Es de destacar la operación por importe de 41.332 ptas (D), a la que Usted no ha aludido en su escrito. Con fecha 29.04.97 se efectúa impreso de disposición cubierto para la IPF n° NUM001 de D. Pedro Jesús , la cual se había cancelado el 08.08.95. al presentarse el cliente a cobrar su IPF, se cubre la disposición con el n° NUM001 y se carga en la cuenta de la IPF n° NUM002 a nombre de d. Benedicto .- Se han detectado también otros 8 casos de apropiaciones fraudulentas de dinero de clientes: CUENTA - NUM003 .- Marí Trini - Clemente .- Disposición efectuada sin libreta por importe de 45.104 ptas., con fecha 02.06.99 con la cual queda cancelada dicha IPF. La firma del titular no coincide con la que figura en la cartulina de firmas. El documento está visado por Usted.- CUENTA NUM004 .- Fidel .- IPF cancelada el 14.07.99 mediante una disposición de 800.000. ptas. La libreta quedó con el resto de la documentación diaria, si bien la disposición está firmada por una persona no incluida en la cuenta ni como titular ni autorizada. Documento visado por Usted.- CUENTA - NUM005 .- Everardo .- Ariadna .- IPF cancelada el 16.01.98 mediante una disposición por importe de 113.552 ptas la libreta estaba unida a la...

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