DECRETO 173/1990, de 13 de septiembre, por el que se señala el plazo para que las Diputaciones Provinciales formulen peticiones con cargo al Crédito del Fondo de Compensación Regional, que figura en los Presupuestos de la Comunidad para 1990.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 18-09-1990 Nº Boletín: 181 / 1990

DECRETO 173/1990, de 13 de septiembre, por el que se señala el plazo para que las Diputaciones Provinciales formulen peticiones con cargo al Crédito del Fondo de Compensación Regional, que figura en los Presupuestos de la Comunidad para 1990.

La Ley 8/89 de 9 de noviembre, sobre regulación transitoria del Fondo de Compensación Regional, establece en su art. 1º. 2, que hasta su regulación definitiva, las dotaciones anuales con destino al mismo, establecidas en las Leyes de Presupuestos, se distribuirán conforme a lo establecido en dicha Ley 8/89, y el art. 28 de la Ley 10/1989, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad para 1990 dispone, que tal distribución se efectúe con los mismos criterios que en el ejercicio 1989.

En los Presupuestos de la Comunidad de 1990, con la aplicación 01.05.062.762, figura un nuevo crédito de 550 millones de ptas. bajo el concepto de «Fondo de Compensación Regional», sin territorializar, que debe distribuirse y gestionarse conforme con la regulación legal antedicha.

No obstante, es necesario fijar para este ejercicio el cómputo del plazo de un mes, señalado por el art. 4º. de la Ley 8/89 para la remisión de la documentación básica del acuerdo resolutorio de la Junta de Castilla y León.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del dia 13 de septiembre de 1990

...... DISPONGO:

Artículo Unico

El plazo máximo de un mes señalado por el art. 4º. de la Ley...

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