ORDEN PAT/420/2006, de 14 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados (Escala de Ayudantes de Archivo) de la Administracióin de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo. (Continúa en Suplemento).

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/420/2006, de 14 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados (Escala de Ayudantes de Archivo) de la Administracióin de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 10/2006 de 2 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006, y en la Orden PAT/332/2006, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos para el ingreso en la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2006 (publicados en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 3 y 8 de marzo, respectivamente), con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración Regional, la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 31 de mayo),

ACUERDA:

Convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados (Escala de Ayudantes de Archivo) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo con sujeción a las siguientes,

BASES:

Primera. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 3 plazas del Cuerpo de Técnicos y Diplomados (Escala de Ayudantes de Archivo) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en: la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en lo que no contravenga a la precitada Ley; en el Decreto 10/2006, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006; en la Orden PAT/332/2006, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos para el ingreso en la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2006, así como en las bases de la presente Orden.

1.3. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I.

1.4. El procedimiento de selección será el de oposición y estará formado por los tres ejercicios que a continuación se indican, siendo todos ellos eliminatorios.

Primer ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, seleccionados por sorteo ante el Tribunal, de entre los que componen el programa (Historia de las Instituciones, Archivística y Derecho).

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será leído por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública que valorará los conocimientos, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección en la exposición escrita. Una vez finalizado el primer tema o transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar una actuación notoriamente insuficiente.

Segundo ejercicio. Descripción de un documento comprendido entre los siglos XII al XVIII y un expediente de los siglos XVIII al XX. Los opositores trabajarán sobre fotocopias, pudiendo consultar los originales en la mesa del Tribunal.

El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de cuatro horas para la preparación de las descripciones, pudiendo utilizar los textos, libros, ficheros, repertorios legislativos, apuntes, etc. que considere necesarios, bien aportados por él mismo o bien existentes en el centro donde se celebre el ejercicio.

52 Viernes, 17 de marzo 2006 Suplemento al N.º 54

Tercer ejercicio. Consistirá en redactar un resumen en castellano, de un máximo de 200 palabras, de un texto de carácter profesional escrito en inglés o francés con una extensión no superior a 8 páginas, pudiendo utilizar diccionario. El aspirante deberá indicar en la solicitud el idioma por el que opta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora y treinta minutos.

1.5. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Segunda. Constitución de la bolsa de empleo.

2.1. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Segunda de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, se constituirá la bolsa de empleo del Cuerpo de Técnicos y Diplomados (Escala de Ayudantes de Archivo) en la que se integrarán preferentemente los aspirantes que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, y habiendo aprobado alguno de los ejercicios de carácter eliminatorio del proceso selectivo, no hubieran superado el último con puntuación suficiente para obtener plaza de funcionario de carrera. Igualmente formarán parte de la bolsa de empleo aquellos que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, y no habiendo superado ningún ejercicio, hubiesen obtenido en el primero una puntuación igual o superior a la mitad de la establecida para declararlo superado.

2.2. Los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder a la bolsa de empleo para una o varias provincias.

2.3. El orden de prelación de los aspirantes que constituyan la bolsa de empleo se establecerá según el número de ejercicios eliminatorios superados y entre aquellos que hubieren superado igual número de ejercicios, en virtud de la puntuación global obtenida en los mismos.

La prelación entre aquellos que no hubieran superado ninguno de los ejercicios eliminatorios se establecerá según la puntuación obtenida en el primero de ellos.

En caso de empate en la puntuación obtenida por varios aspirantes se establecerá la preferencia por orden alfabético, comenzando por la letra que determina el orden de actuación de los aspirantes en el proceso...

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