Desobediencia

AutorStuart P. Green
Páginas161-176
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CAPÍTULO X
DESOBEDIENCIA
Una vez abordados los conceptos de engaño, robo, hacer trampas, coac-
ción, explotación, deslealtad e incumplimiento de promesas, procede ahora
analizar una última norma moral, aquélla contra la desobediencia. Ésta es
indudablemente la más polémica de las normas morales que hemos venido
considerando. En primer lugar, muchos lectores son reacios a creer que la
desobediencia a la ley pueda ser una forma de ilicitud moral, y más aún
que ésta justif‌ique la imposición de sanciones penales. Mi objetivo en esta
sección es disipar tal escepticismo y argüir que la desobediencia al Derecho
es una consideración potencialmente relevante a la hora de evaluar el con-
tenido moral de ciertos delitos de cuello blanco y de incumplimiento del
Derecho regulatorio.
1. LA OBLIGACIÓN MORAL
PRIMA FACIE
DE OBEDECER
LA LEY
Al pensar en la supuesta ilicitud moral que supone la desobediencia se
nos presenta una pregunta obvia: ¿desobediencia a qué o en relación con
quién? Podemos hablar de desobedecer a las personas y a las instituciones
(vgr. padres, jueces o comités del senado), así como de desobedecer las leyes,
principios, normas y al Estado en general (sostuve una dicotomía similar en
el contexto de la deslealtad, al poder dirigirse esta última contra personas
y principios). Para lograr una mayor simplicidad, en este caso me centraré
ante todo en la ilicitud putativa que supone desobedecer las leyes, si bien en
algún momento también hablaré de la ilicitud putativa de la desobediencia
a los tribunales, a los organismos de la Administración, a los funcionarios
públicos y similares.
Para que la desobediencia de la ley sea moralmente ilícita debe existir
alguna obligación moral de obedecer aquella ley que no ha sido respetada.
Pero af‌irmar esto es simplemente replantear la cuestión real, a saber: ¿existe
una obligación moral de obedecer la ley? y, de ser así, ¿por qué existe tal
obligación? Debido a su carácter central en nuestro sistema jurídico, no es
Stuart P. Green
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sorprendente que esta pregunta haya generado una copiosa y compleja teo-
ría f‌ilosóf‌ica. Aunque Platón y Hobbes parecen haber abogado a favor de
un deber absoluto de obedecer la ley 1, la visión moderna es que, de existir
una obligación moral de obedecer la ley, esa obligación sería de carácter
limitado, prima facie, existiendo únicamente cuando las leyes sean «justas»
y dicha obligación no se vea derogada por otras exigencias morales en con-
f‌licto 2.
Por ejemplo, no podría af‌irmarse seriamente la existencia de una obliga-
ción moral de obedecer las leyes sobre esclavos fugitivos que consideraban
delito auxiliarles, o bien de obedecer las leyes de Nuremberg de 1935 que,
entre otras cosas, prohibieron el matrimonio y las relaciones extramaritales
entre alemanes y judíos. De hecho, un argumento de peso señala que, cuan-
do obedecer una determinada ley o un régimen jurídico resulte injusto, exis-
te la obligación moral de desobedecerlos 3. Por otro lado, existen obviamente
casos de justif‌icación, de «estado de necesidad» o «elección del mal menor»,
en los que, debido a circunstancias extraordinarias, uno no tiene la obliga-
ción moral de acatar una ley que de otra manera sería considerada justa (e
incluso puede tener la obligación de desobedecerla) 4.
Sin embargo, aquí no nos preocupa ni la obediencia a las leyes injustas
ni los casos de estado de necesidad, sino, por el contrario, la obediencia
en circunstancias ordinarias a las leyes presumiblemente justas que tipif‌ican
delitos de cuello blanco y delitos por incumplimiento del Derecho regulato-
rio. Esto no signif‌ica negar que existan leyes penales injustas o que existan
maneras fácilmente accesibles y concluyentes de diferenciar entre leyes jus-
tas e injustas. Sin embargo, asumiré simplemente que algunas leyes descri-
biendo delitos de cuello blanco y delitos por incumplimiento del Derecho
regulatorio son justas, y analizaré si acarrean una obligación moral de ser
obedecidas.
1 Thomas HOBBES (Edwin CURLEY, ed.), Leviathan: With Selected Variants from the Latin Edi-
tion of 1668, Indianapolis, Indiana, Hachett Publishing, 1994; PLATÓN, «Crito», en Edith HAMIL-
TON y Huntington CAIRNS (eds.) y Hugh TREDENNICK (trad.), The Collected Dialogues, Princeton,
Princeton University Press, 1961, p. 27.
2 Véase M. B. E. SMITH, «Is There a Prima Facie Obligation to Obey the Law?», Yale Law
Journal, 82, 1973, pp. 950 y ss., p. 951. Para una descripción provechosa del tema y una revisión
de sus opiniones anteriores, véase M. B. E. SMITH, «The Duty to Obey», en Dennis PATTERSON
(ed.), A Companion to Philosophy of Law and Legal Theory, Oxford, Blackwell, 1999, pp. 465
y ss.
3 Véanse, p. ej., Martin LUTHER KING, Jr., Why We Can’t Wait, Nueva York, Harper & Row,
1963, pp. 77, 84; Michael WALZER, «The Duty to Disobey», en Obligations: Essays on Disobedience,
War, and Citizenship, Cambridge, Massachusetts, Harvard University Press, 1970; J. Roland PEN-
NOCK y John W. CHAPMAN (eds.), Political and Legal Obligation: Nomos XII, Nueva York, Atherton
Press, 1970.
4 Véase, p. ej., Kent GREENAWALT, Conf‌licts of Law and Morality, Oxford, Oxford Univer-
sity Press, 1987, pp. 286-310; George FLETCHER, Rethinking Criminal Law, Boston, Little, Brown,
1978, § 10.2.

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