SAP Sevilla 8/2007, 15 de Enero de 2007
Ponente | CONRADO GALLARDO CORREA |
ECLI | ES:APSE:2007:389 |
Número de Recurso | 7515/2006/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 8/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª |
8/2007
Rollo nº 7515/2006
S E N T E N C I A
Iltmos. Sres.:
Don Juan Márquez Romero
Don José Herrera Tagua
Don Conrado Gallardo Correa
En la ciudad de Sevilla a 15 de enero de 2007.
Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos de juicio verbal nº 45/2006 sobre desahucio por precario, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sanlúcar la Mayor, penden en grado de apelación ante este Tribunal, promovidos por Don Iván, mayor de edad y vecino de Morón de la Frontera (Sevilla), representado por el Procurador Don Francisco José Pacheco Gómez y defendido por el Abogado Don Francisco de Paula López Ramos, contra Don Carlos, representado por el Procurador Don Ignacio Pérez de los Santos y defendido por el Abogado Don José María Jiménez Portero. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos del recurso de apelación interpuesto por la primera de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 5 de mayo de 2006, resultan los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO y FUNDAMENTOS DE DERECHO.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice literalmente: "QUE DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO LA DEMANDA interpuesta por el procurador Sr. Iglesias Monroy, en nombre y representación de D. Iván contra D. Carlos con condena en costas del demandante".
Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, y admitido el mismo, tras formular escrito de oposición la parte demandada, se elevaron seguidamente los autos originales a este tribunal, e iniciada la alzada y seguidos todos los trámites se señaló el día 11 de enero de 2007 para la deliberación y fallo, en cuya fecha tuvo lugar.
Vistos, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Conrado Gallardo Correa.
La parte actora recurre la sentencia alegando, en esencia, que de la documentación aportada resulta claramente que es el propietario de la finca que ocupa sin título alguno el demandado, dado que si bien la finca fue vendida por contrato privado a otra entidad, en dicho contrato se especificaba la posibilidad de escriturarla a favor de quien designase el comprador, lo que permitió que la adquiriera mediante escritura pública de compraventa directamente del vendedor original.
De acuerdo con el artículo 217.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil el actor está obligado a probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a las...
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