STSJ Aragón 1904, 5 de Diciembre de 2005

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2005:1904
Número de Recurso937/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1904
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Social

Rollo número 937/2005 Sentencia número 1062/2005 M. MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT En Zaragoza, a cinco de diciembre de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 937 de 2005 (autos acumulados núm. 286 y 399/2005), interpuesto por la parte demandante Dª Regina , siendo demandado el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Zaragoza, de fecha 12 de julio de 2005 , sobre prestación por desempleo. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª Regina contra el Servicio Público de Empleo Estatal sobre prestación por desempleo, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de fecha 12 de julio de 2005 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por Dª Regina contra el Instituto Nacional de Empleo, debo de absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos de la demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º.- La actora Dª Regina prestó servicios para la empresa Pardos Navega SL desde el 16-12-2003 hasta el 2-8-2004, en que cesó voluntariamente, siendo dicha relación laboral de carácter indefinido, con la categoría de peluquera y salario de 627,44 euros , la prestación de servicios tuvo lugar en Zaragoza.

Con fecha 23-8-2004, suscribió contrato temporal eventual por circunstancias de la producción, que tenía por objeto las fiestas patronales, con periodo de vigencia pactado hasta el 22-9-2004, para prestar servicios como camarera en la localidad de Cariñena con salario de 767,89 euros El contrato fue extinguido a su vencimiento 2º.- La actora presentó solicitud de prestación por desempleo el 1-10-2004 y a la vez el mismo día solicitud de pago único de la prestación.

La solicitud de prestación por desempleo fue denegada por resolución del INEM de fecha 13-1-2005, por estimar producido un fraude de ley, al haberse suscrito el último contrato eventual con la finalidad de obtener las prestaciones por desempleo, eludiendo la legislación que al no considerar como situación legal de desempleo el cese voluntario en el trabajo hubiera impedido acceder a ellas. Siéndole denegado el...

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