El desamparo y la tutela automática de las entidades públicas

AutorPedro Arenas Naon
Páginas1875-1879

BALLESTEROS DE LOS RÍOS, María: El desamparo y la tutela automática de las entidades públicas, ed. Tecnos, Madrid, 1997, 332 pp.

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La protección de la infancia es un tema que ha pasado en la actualidad a primer plano, probablemente a consecuencia de tristes sucesos que han sensibilizado a la opinión pública y al legislador. En esta corriente parece inscribirse la LO 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, conocida como Ley del Menor. Ya la Ley 21/1987, de 11 de noviembre, introdujo cambios sustanciales en el ámbito de la protección del menor, entre los cuales se encuentra la introducción del concepto de desamparo. Sin embargo, el legislador juzgó que tal regulación tenía lagunas así como que se dan hoy «nuevas necesidades y demandas de la sociedad» y decidió aprobar la Ley del Menor. El hecho de darse estas nuevas leyes, unido a la especialidad de la materia de protección jurídica del menor, conectada tanto al Derecho de la Persona como a la labor del Estado Social, dan un enorme interés a este consistente y sólido estudio. En efecto, la presente monografía aborda el estudio del desamparo de los menores y de la tutela automática de las entidades públicas, previstos en el artículo 172 CC. Esta tutela es quizás la que más proyección social tiene. Por ello tiene gran importancia su buen funcionamiento que exige solucionar el problema de combinar la necesaria agilidad con garantías para el menor y quienes le custodiaban con anterioridad, planteándose una rica problemática.

La autora del libro, la Dra. María Ballesteros de los Ríos, es una estimada profesora del área de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Madrid.

El estudio del desamparo y la tutela automática se hace a partir del análisis del nuevo artículo 172 CC en su redacción por la ley 21/1987, de las regulaciones anteriores en la materia y de la nueva regulación de la LO 1/1996. Se tienen en cuenta asimismo otros sistemas jurídicos, en especial el italiano, la jurisprudencia, y la legislación autonómica, como la catalana.

La obra se estructura en dos grandes partes de parecida extensión: la primera analiza el concepto de desamparo, mientras la segunda trata de la consecuencia jurídica del desamparo que es la tutela automática de las entidades públicas.

Abre el libro un prólogo de don Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano, en el cual, además de introducir el libro, el ilustre profesor hace un comentario general, muy crítico, a la Ley del Menor. Esta ley anunciaba «a bombo y platillo» «una reforma en profundidad de las tradicionales instituciones de protección del menor reguladas en el CC». ¿Ha sido esto así? ¿Supone la ley un cambio radical en el estatuto jurídico del menor? ¿Qué sentido tiene reconocer en esta ley derechos fundamentales constitucionales al menor?

Como decíamos, en la primera parte de la obra analiza la autora el concepto de desamparo. Éste aparece en el artículo 172.1 CC cuya definición de desamparo permanece invariada por la LO 1/1996, sin perjuicio de que ésta contemple algunos aspectos anteriormente no regulados, como el órgano competente para apre-Page 1876ciar el desamparo, la notificación del mismo a los padres, tutores o guardadores del menor, la suspensión de la patria potestad o tutela ordinaria que conlleva la tutela de las entidades públicas y la introducción de la distinción entre situación de riesgo y de desamparo. La definición legal es relativamente indeterminada, abstracta, no contiene un catálogo de situaciones de desamparo; cobra entonces especial importancia la actividad del intérprete.

Para el conocimiento de la institución del desamparo, se comienza estudiando el Derecho italiano debido a la gran influencia que éste ha tenido en nuestra Ley 21/1987, de 11 de noviembre, especialmente a través de la ley italiana núm. 184, de 4 de mayo de 1983. También se estudia la jurisprudencia y doctrina italianas cuyo interés por esta materia le ha llevado a un profundo estudio sobre el tema. Se sigue con los antecedentes...

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