SAP Valencia 134/2008, 7 de Marzo de 2008
Ponente | MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA |
ECLI | ES:APV:2008:524 |
Número de Recurso | 916/2007/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 134/2008 |
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
134/2008
Rollo nº 000916/2007
Sección Séptima
SENTENCIA Nº 1 3 4
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
Dª MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA
Magistrados/as
D. JOSE A. LAHOZ RODRIGO
Dª MARIA IBAÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a siete de marzo de dos mil ocho.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal - 000505/2007 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 11 DE VALENCIA entre partes; de una como demandado/s - apelante/s Ildefonso dirigido por el/la letrado/a D/Dª VICTORIA GONZALEZ GUMIEL y representado por el/la Procurador/a D/Dª PEDRO FRAU GRANERO, y de otra como demandante/s, - apelado/s Ángel Daniel dirigido por el/la letrado/a D/Dª. PEDRO E. PALANCA GIL y representado por el/la Procurador/a D/Dª MIGUEL CASTELLO MERINO.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 11 DE VALENCIA, con fecha treinta y uno de julio de dos mil siete se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Estimo la demanda formulada por Ángel Daniel contra Ildefonso y declaro haber lugar al desahucio por precario instando y, en su consecuencia, condeno a la parte demandada a que firme que sea esta Sentencia deje libre y a disposición de la actora la finca urbana sita en Valencia, C/ DIRECCION000, NUM000 - NUM001, apercibiéndole de lanzamiento en caso contrario; con expresa condena en costas a la parte demandada"..
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día tres de marzo de dos mil ocho para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
La representación procesal de don Ángel Daniel formuló demanda de juicio verbal contra don Ildefonso suplicando se dictase sentencia por la que, estimando la demanda, se declarase haber lugar al desahucio por precario.
Sustenta su petición en que la vivienda señalada con el número NUM001 del edificio sito en la DIRECCION000 número NUM000 de Valencia es de su propiedad por compra celebrada el día 9 de junio de 2003 a doña Patricia, quien le vendió la mitad indivisa de la que era titular, disolviendo la comunidad existente, ya que eran dueños por herencia de su madre.
Doña Patricia era hermana del actor y esposa del demandado y, concreta el demandante, que ocupando la vivienda el demandado a título de precarista, dadas las malas relaciones existentes con su cuñado, ya no consiente que siga ocupando la vivienda.
La parte demandada se opuso a la pretensión actora alegando, en primer lugar, la inadecuación del procedimiento, porque su...
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