SAP Jaén 62/2007, 20 de Marzo de 2007

PonenteJOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA
ECLIES:APJ:2007:176
Número de Recurso55/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución62/2007
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

S E N T E N C I A Núm. 62

Iltmos. Sres.:

Presidenta

Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY

Magistrados

D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA

D. RAFAEL MORALES ORTEGA

En la ciudad de Jaén, a Veinte de Marzo de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal de Desahucio por falta de pago seguidos en primera instancia con el núm. 245/06, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Ubeda, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 55/07, a instancia de Dª. María Antonieta Y D. Ernesto, representados en la instancia por la Procuradora Sra. Medina Jiménez y en esta alzada por el Procurador Sr. Del Balzo Parra y defendidos por el Letrado Sr. Moreno Moreno contra D. Braulio, representado en la instancia por el Procurador Sr. Martínez López y defendido por la Letrada Sra. Alcolea Carrera.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Ubeda con fecha 28 de Julio de 2006.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que debo estimar y estimo la demanda presentada por la Procuradora Sra. Medina Jiménez, en nombre y representación de Dª. María Antonieta y D. Ernesto, que dio lugar a los autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado bajo el número 245/06, contra D. Braulio, en situación de rebeldía procesal, declarando la resolución del contrato de arrendamiento celebrado por ambas partes de fecha 1 de enero de 1995, relativo al inmueble, destinado a vivienda, sito en la calle DIRECCION000, número NUM000, de la localidad de Rus, debiendo proceder el demandado a dejar libre, vacua y expedita la citada finca con apercibimiento de lanzamiento en el caso de no hacerlo.

Asimismo, debo condenar y condeno a D. Braulio a pagar a la parte demandante, la suma de 400 euros, en concepto de rentas impagadas, así como al pago de las costas procesales devengadas en las presentes actuaciones".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se tuvo por preparado primero y se interpuso después por Braulio, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Ubeda, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en error en la apreciación de la prueba.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación se presentó escrito de oposición por Ernesto ; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente; admitida y practicada la prueba documental propuesta por la parte apelante y sin necesidad de celebración...

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